RESOLUCIÓN Nº 95 EPRE
EXPTE. EPRE Nº 125/19
EXPTE. UNICO Nº 2265249
PARANÁ, 17 de mayo de 2.019
VISTO:
La Resolución Nº 67/19 EPRE; y
CONSIDERANDO:
Que se ha constatado un error en el Artículo 1º de la Resolución 67/19 EPRE al citarse la Resolución Nº 130/19 SME;
Que por lo antes expresado, se debe proceder a rectificar en su parte pertinente el Artículo 1º de la Resolución antes citadas;
Que por Decreto Nº 1127/96 MEOSP se dispuso la intervención de este Ente, atribuyéndose al Interventor las facultades del Directorio, por lo que en uso de las funciones establecidas en los Artículos 48º y 56º de la Ley Nº 8.916;
EL INTERVENTOR DEL EPRE
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Rectificar el Artículo 1º de la Resolución EPRE Nº 67/19, el que quedará redactado de la siguiente manera: donde dice ¨…Resolución Nº 130/19 SME¨ debe decir ¨…Resolución Nº 139/19 SME¨, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTICULO2º: Registrar, comunicar y archivar.
Dr. José Carlos Halle
Interventor EPRE