EXPTE. Nº 02/09 EPRE.-
PARANÁ, 17 de Febrero de 2009.-
VISTO:
El Expediente Nº 02/09 EPRE; y
CONSIDERANDO:
Que en dicho Expediente se tramita la solicitud de la Empresa de Energía de Entre Ríos -ENERSA- de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la “Construcción de la Playa de 132 kV de la Estación Transformadora de 500/132 kV Paraná y Líneas de vinculación con la Red de 132 kV de ENERSA”;
Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 214/97 EPRE, toda obra que involucre el nivel de tensión en 132 kV, previo a su concreción, requiere la obtención del Certificado que acredite la Conveniencia y Necesidad Pública;
Que la presentación se realizó de acuerdo al procedimiento previsto en la Resolución Nº 214/97 EPRE;
Que la Empresa Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima -ENERSA- fundamenta la solicitud en el hecho que las obras proyectadas tienen por objeto vincular la ET 500/132 kV a la red de ENERSA, cuya construcción permitirá concretar la alimentación desde la citada Estación Transformadora a la red Provincial;
Que la Distribuidora señala también que la E.T. 500/132 kV Paraná, con sus obras complementarias es una inversión energetica de primera prioridad y una solucion integral que permitirá mejorar sustancialmente el abastecimiento de energía eléctrica en el terrritorio provincial y cubrir el incremento de demanda en el mediano y largo plazo;
Que el comitente de estas obras será la Provincia de Entre Ríos quien ha iniciado los trámites ante el Ente Nacional Regulador de la Electricidad -ENRE- bajo Expediente Nº 6574/1999 para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación de la Capacidad del Sistema de Transporte de Energía en Alta Tensión de TRANSENER S.A, consistente en la construcción de la Estación Transformadora Paraná de 500/132 kV;
Que la obra fué incluída en la Programa Multifase de Desarrollo de la Infraestructura de Apoyo a la Producción de Entre Ríos – Fase 1, para el cual la Provincia de Entre Ríos ha firmado un contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ratificado por Decreto Nº 4061/08 MEHF, el que será ejecutado por ENERSA, en lo pertinente a obras de infraestructura eléctrica, en el marco del Programa de Apoyo para la Modernización del Sector Eléctrico de la Provincia de Entre Ríos, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 4058/08 MEHF y el Convenio de Subjecución suscrito entre ENERSA, la Secretaría de Energía de la Provincia de Entre Ríos y el Banco Interamericano de Desarrollo;
Que la Playa de 132 kV de la Estación Transformadora y las obras de vinculación a la red provincial, serán entregadas en comodato a la Concesionaria del Servicio Público de Distribución ENERSA, manteniendo así la Provincia de Entre Ríos la propiedad de todas las instalaciones;
Que de las constancias obrantes en estas actuaciones, resulta que ENERSA ha dado cumplimiento a las exigencias técnicas mínimas previstas en el Anexo I de la Resolución Nº 214/97 EPRE;
Que ante la situación descripta, el EPRE debe disponer la celebración de una Audiencia Pública en los términos del Artículo 12 de la ley Nº 8916 y conforme al procedimiento fijado en la Resolución Nº 55/96 EPRE que aprueba el Reglamento de Audiencias Públicas;
Que se ha solicitado tanto al Colegio de Abogados de Entre Ríos como al Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos para que propongan profesionales del Derecho y de la Ingeniería, respectivamente, para que actúen como Defensores de los Usuarios;
Que a fs. 525, 611 y 612 de las actuaciones de la referencia se cuenta con los correspondientes informes de la Dirección Regulación y Control del Servicio Eléctrico y de la Direccion Jurídica, respectivamente;
Que por Decreto Nº 1127/96 se ha dispuesto la intervención del Ente, por lo que en uso de sus facultades;
LA INTERVENCION DEL EPRE
RESUELVE :
ARTICULO 1º: Convocar a AUDIENCIA PUBLICA la que tendrá como objeto analizar el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Construcción de la Playa de 132 kV de la Estación Transformadora de 500/132 kV Paraná y Líneas de vinculación con la red de 132kV de ENERSA”.
ARTICULO 2º: Disponer que la mencionada Audiencia Pública se realice el día 19 de Marzo de 2009 a las 17:00 hs. en el Centro Cultural La Vieja Usina, sito en calle Gregoria Matorra de San Martín Nº 861 de la ciudad de Paraná, conforme al procedimiento establecido por el Reglamento de Audiencias Públicas – Resolución Nº 55/96 EPRE.
ARTICULO 3º: Designar Instructores a la Doctora Graciela Alicia Lanzi y al Ingeniero Eduardo García.
ARTICULO 4º: Designar como Defensores de los Usuarios al Dr. Alejandro Canavesio y el Ingeniero Bernardo Andres Priemer.
ARTICULO 5º: Publicar la Convocatoria en un diario de circulación nacional, en dos diarios de la ciudad de Paraná y en la página Web del Organismo. En la publicación se hará constar que la Audiencia tiene por objeto analizar el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública de las construcciones solicitadas, que el procedimiento se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas (Resolución Nº 55/96 EPRE), la designación de los Instructores y Defensor del Usuario dispuesta por los Artículos 3º y 4º precedentes; se indicará que podrá tomarse vista de las actuaciones y obtenerse copia de las mismas hasta el día Lunes 16 de Marzo, en la sede del EPRE, sito en calle Urquiza Nº 861 -1er. Entre Piso-de la ciudad de Paraná, teléfono (0343) 4207922, 4207923, 4207924, de Lunes a Viernes, en el horario de 8 a 13 horas, que deberán presentar a los Defensores de Usuarios o Instructores designados, indistintamente, por escrito, quienes deseen ser parte en la Audiencia, haciendo saber sus pretensiones y pruebas, que pueden participar oralmente en la Audiencia quienes sean interesados y que el EPRE resolverá después de considerar las presentaciones efectuadas.
ARTICULO 6º: Notificar a la Empresa Distribuidora Energía de Entre Ríos -ENERSA-, al Señor Presidente Municipal y Concejales de la Municipalidad de Paraná, a los Señores Secretarios Provinciales de Planeamiento e Infraestructura, de Medio Ambiente y de Energía respectivamente, al Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad y Asociaciones de Usuarios con sede en la Provincia.
ARTICULO 7º: Registrar, notificar, publicar en el Boletín Oficial, en la Página Web del EPRE y archivar.
M.M.O. NELSON CORONEL ARQ. FRANCISCO TAIBI
SUBINTERVENTOR EPRE INTERVENTOR EPRE