15 de octubre de 2024

Resolución Nº 169 / 2022

RESOLUCION Nº 169 EPRE
EXPTE. Nº 2689346
EXPTE. EPRE N° 244/22

Paraná, 19 de septiembre de 2022

Descargar Edicto

Descargar Enmienda 11/10/2022

Descargar Pliego (PDF)

VISTO:

Lo interesado por los Señores Directores de las Direcciones de Regulación y Control del Servicio Eléctrico –DRYCSE- y de Atención al Usuario –DAU-, respecto a la adquisición dos (2) vehículo tipo pick –up doble cabina 4×2, 0km, nuevos, sin uso, para las tareas de este Ente; y

CONSIDERANDO:

Que el señor Director de la DRYCSE a fs. 03 y el señor Director de la DAU a fs. 06, solicitan la adquisición de vehículos tipos camionetas pick – up para ser utilizados en zonas rurales como áreas urbanas con características orientativas;

Que a fs. 033 se solicitó la intervención de la Dirección Automotores de la Provincia;

Que a fs. 035 la Dirección de Automotores emite un informe en las cuales define las especificaciones y características técnicas mínimas exigidas para la elaboración de los documentos del llamado a Licitación Pública para la selección de contratante, cuyo proyecto fuera elaborado por la Dirección de Administración y Finanzas conjuntamente con el Sector Tesorería, Compras y Contrataciones;

Que de conformidad a los procedimientos de contratación previstos en el Titulo III Art. 26. Inciso a) de la Ley N° 5140 de Administración Financiera (T.U.O Decreto 404/95 MEOSP) y concordantes con los Artículo 5° punto 1) y Artículo 9° Punto 3°) Decreto 795/96 MEOSP y sus modificatorios, corresponde se efectúe la adquisición por el procedimiento de Licitación Pública

Que obra intervención de la Dirección de Administración y Finanzas, informando que se cuenta con recursos para atender el gasto, el cual se encuentra presupuestariamente contemplado en la ley de Presupuesto Vigente N° 10.947, Fuente de Financiamiento: 12 y Sub Fuente de Financiamiento: 0213;

Que conforme a lo establecido en el Artículo 54 del Decreto 795/96 MEOSP, corresponde designar la Comisión de Compras que efectuara el estudio de las ofertas y aconsejara en relación a la adjudicación, la cual corresponde sea integrada por los señores Directores de la Dirección de Regulación y Control del Servicio Eléctrico- DRYCSE-, de la Dirección de Administración y Finanzas –DAF- y el Asesor Legal del EPRE;

Que por Decreto Nº 1127/96 MEOSP, se dispuso la Intervención de este Ente, atribuyéndose al Interventor las facultades del Directorio y que de conformidad al Decreto 168/19 MPIS se ha designado Interventor del Organismo al Dr. José Carlos Halle, por lo que en uso de las funciones establecidas en los Artículos 48° y 56° de la Ley 8916;

EL INTERVENTOR DEL EPRE

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°: Autorizar el llamado a Licitación Pública N° 001/2022 para la adquisición dos (2) vehículos tipo pick –up doble cabina 4×2, 0km, nuevos, sin uso, con destino a la Dirección de Regulación y Control del Servicio Eléctrico –DRYCSE- y a la Dirección de Atención al Usuario -DAU-.

ARTICULO 2°: Aprobar los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares del llamado a Licitación Pública N° 001/2022, los cuales agregados como Anexo pasan a formar parte de la presente resolución.

ARTICULO 3°: Autorizar al Señor Director de la Dirección de Administración y Finanzas a proceder al llamado de Licitación Pública N° 001/2022.

ARTICULO 4°: Designar la Comisión de Compras de esta Licitación, la cual estará integrada por los señores Directores de Regulación y Control del Servicio Eléctrico – DRYCSE-, de Administración y Finanzas – DAF – y el Asesor Legal del EPRE.

ARTICULO 5°: Imputar el gasto al siguiente crédito del presupuesto vigente: 308 2 25 03 0308 16 00 00 01 00 4 13 12 0213 4.3.2.0000 84 07 – Equipo de Transporte.

ARTICULO 6°: Encuadrar las presentes actuaciones en lo previsto en la Ley Nº 5.140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones (T.U.O Decreto Nº 404/95 MEOSP), Titulo III Art. 26° Inciso a) y Artículos 5° punto 1) y 9° punto 3) del Decreto N° 795/96 MEOSP Reglamentario de las Contrataciones del Estado y sus modificatorios, como así también en los Artículos 48° y 56° de la Ley 8.916.

ARTICULO 7°: Registrar, comunicar y archivar.