27 de septiembre de 2024

RESOLUCIÓN EPRE N° 181/24

PARANA, 17 de setiembre de 2024

Texto de la Resolución en formato PDF
Anexo Cuadro Tarifario Provincial
Resolución N° 431/24 de Secretaría de Energía de la Provincia de Entre Ríos

VISTO:

La Resolución de la Secretaría Ministerial de Energía de Entre Ríos N° 431 del 16 de septiembre de 2024, las Resoluciones RESOL-2024-90-APN-SE#MEC y RESOL-2024-234-APN-SE#MEC de la Secretaria de Energía del Ministerio de Economía de la Nación, las Resoluciones EPRE N° 219/22 y 175/24;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 431 del 16 de septiembre de 2024 y comunicada en el día hoy, la Secretaría Ministerial de Energía de Entre Ríos dispuso en su Artículo 1°, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, el otorgamiento de un subsidio equivalente al veinticinco por ciento (25%) sobre el valor agregado de distribución (VAD) que las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia apliquen en su facturación a los usuarios residenciales urbanos y rurales comprendidos en el Segmento Nivel 2- Menores Ingresos del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) o categoría que en el futuro la reemplace según normativa nacional, hasta un tope máximo de consumo de 350 kWh mensuales, a partir del 1° de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2024;

Que por Artículo 2° de la precitada Resolución, la Secretaria Ministerial de Energía, dispuso -Ad Referéndum del Poder Ejecutivo Provincial- el otorgamiento de un subsidio equivalente al cincuenta por ciento (50%) sobre el valor agregado de distribución (VAD) que las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia apliquen en su facturación a los usuarios identificados como T1- Uso General hasta un tope máximo de consumo de 350 kWh mensuales para los categorizados como generales urbanos y 300 kWh mensuales para los categorizados como rurales generales, a partir del 1° de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2024;

Que por el Artículo 3° de la Resolución 431/24 SME, la Secretaria Ministerial de Energía dispone que las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia deberán incluir en la facturación de los usuarios beneficiarios de los subsidios tarifarios establecidos en el artículo 2° y 3° de dicha norma legal, una leyenda destacada indicando “Tarifa Subsidiada por el Estado Provincial”;

Que por Artículo 5° de la Resolución N° 431/24 SME, se instruye a esta Ente a incorporar los subsidios tarifarios establecidos en el artículo 1° y 2° de la presente norma legal en el Cuadro Tarifario, como asimismo para que por su intermedio notifique a las Concesionarias del Servicio Público de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica de la Provincia de Entre Ríos, de los términos y medidas adoptadas en la presente Resolución;

Que, en consecuencia, conforme instrucción comunicada y a lo dispuesto en los Artículos 46, 48 y 56 de la ley 8916, le corresponde a este Ente Regulador elaborar el cuadro tarifario a aplicar a los usuarios que resultan alcanzados por la medida dispuesta por la Secretaria Ministerial de Energía de la Provincia de Entre Ríos;

Que para la elaboración del Anexo tarifario que se aprueba por la presente Resolución se considera lo dispuesto por la Resolución N° 422 del 5 de septiembre de 2024, por la cual la Secretaría Ministerial de Energía de Entre Ríos, dispuso la suspensión transitoria y excepcional del traslado a los usuarios finales del servicio eléctrico en la Provincia de Entre Ríos, de la adecuación del Valor Agregado de Distribución (VAD) por aplicación del Anexo IV Punto D) ADECUACION DE LOS COSTOS DE DISTRIBUCION de los Contratos de Concesión de las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia de Entre Ríos y modificación al procedimiento autorizado por Resolución EPRE N° 69/24, por el periodo comprendido entre el 1° de septiembre al 31 de diciembre de 2024, manteniéndose los valores agregados de distribución (VAD) del mes de agosto de 2024 aprobados en el Anexo I de la Resolución EPRE N° 161/24;

Que además para el cálculo de Anexo tarifario, se consideró de aplicación los costos de abastecimientos conforme a lo dispuesto por la Secretaria de Energía de la Nación, a través de la RESOL-2024-234-APN-SE#MEC, estableció, para el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2024 y el 31 de octubre de 2024, para la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEM, como destinada a abastecer a sus usuarios de energía eléctrica, o los de otros prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica dentro del área d e influencia o concesión del Agente Distribuidor, la aplicación de los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEM establecidos en el Anexo I (IF-2024-93189321-APN-DNRYDSE#MEC) de dicha Resolución;

Que también se consideraron para la determinación de los valores del Anexo, lo establecido por Artículo 3° de la precitada Resolución nacional, por el cual, para el período comprendido entre el 1° de septiembre y el 31 de octubre de 2024, fijo los valores correspondientes a cada agente distribuidor del MEM por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, incorporados en el Anexo III (IF-2024-93192466-APN-DNRYDSE#MEC);

Que la vigencia del Anexo Tarifario aprobado por la presente, quedaba condicionada a que no se produzcan modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por parte de la Secretaria de Energía Eléctrica de la Nación (SEN), en cuyo caso podrían las Distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario;

Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 79°, segundo párrafo del Decreto N° 1300/96, los precios de la tarifa del servicio eléctrico, una vez aprobados, resultarán aplicables a todas las Distribuidoras Concesionarias del Servicio Público de Electricidad de la Provincia de Entre Ríos, en carácter de Cuadro Tarifario Provincial;

Que se han producido los correspondientes dictámenes técnico y legal, que obran agregados al Expediente de referencia;

Que el Ente Provincial Regulador de la Energía está facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo dispuesto en los Artículos 48° inciso b) y 56° inciso g) de la Ley N° 8.916 y en el Anexo IV del Contrato de Concesión de la Distribuidora ENERSA;

Que por Decreto N° 1127/96 MEOSP se dispuso la intervención de este Ente, y por Decreto N° 118 MPlyS de fecha 13 de diciembre de 2023 se ha designado Interventor del Organismo al Lic. Juan Domingo Zacarías. Por ello;

EL INTERVENTOR DEL EPRE
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°: Aprobar el Anexo tarifario para los usuarios alcanzados por el subsidio provincial, conforme a lo dispuesto por Resolución N° 431 S.E. del 16 de septiembre de 2024, por lo motivos y fundamentos explicitados en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°: Disponer que la vigencia de los precios de tarifa aprobados por la presente Resolución, queda condicionado a que no se produzcan nuevas modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por parte de la Secretaria de Energía Eléctrica de la Nación (SEN), en cuyo caso podrán las Distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario.

ARTÍCULO 3°: Comunicar a las Distribuidoras Eléctricas de la Provincia, que conforme lo dispuesto por el Artículo 3° de la Resolución N° 431/24 S.E., deberán incluir en la facturación de los usuarios beneficiarios de los subsidios tarifarios establecidos por dicha norma legal, una leyenda destacada indicando “Tarifa Subsidiada por el Estado Provincial”.

ARTICULO 4°: Registrar, notificar al Poder Concedente, a la Secretaría Ministerial de Energía de la Provincia de Entre Ríos, a las Distribuidoras Provinciales junto con la Resolución N° 431/24 S.E., publicar en el Boletín Oficial, Página Web del EPRE y, oportunamente, archivar.

ANEXO

CUADRO TARIFARIO
Subsidio Provincial para Usuarios de Menores Ingresos N2 y
Pequeños Comercios o Empresas T1-G Y T1 RURAL G
RESOLUCIÓN SE N° 431/2024

Vigente a partir del 1° de Septiembre de 2024 al 31 de Octubre de 2024

Residencial
MENORES INGRESOS

T1 – R Uso residencialNIVEL 2
Cargo fijo (haya o no consumo) $/mes1.869,18
Primeros 100 kWh/mes68,12
Siguientes 100 kWh/mes86,81
Siguientes 100 kWh/mes112,08
Siguientes 50 kWh/mes126,94
Excedente de 350 kWh/mes225,35
T1 – Rural ResidencialNIVEL 2
Cargo fijo (haya o no consumo) $/mes5.178,54
Primeros 150 kWh/mes90,82
Siguientes 150 kWh/mes126,79
Siguientes 50 kWh/mes165,75
Excedente de 350 kwh/mes277,29

No Residencial

T 1-Rural General
Cargo fijo (haya o no consumo) $/mes3.452,36
Cargo Variable por energía:
Primeros 150 kWh/mes137,46
Siguientes 150 kWh/mes161,44
Excedente de 300 kWh/mes252,32
T 1-G Uso General
Cargo fijo (haya o no consumo) $/mes3.075,59
Cargo Variable por energía:
Primeros 125 kWh/mes133,69
Siguientes 225 kWh/mes141,95
Excedente de 350 kWh/mes203,83