RESOLUCION EPRE 167
Expte. EPRE N° 417/25
PARANÁ, 01 de octubre de 2025
VISTO:
La Resolución EPRE N° 81 de fecha 12 de abril de 2.024, la nota presentada por el Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de Entre Ríos (COPMMOTER), con fecha 30 de septiembre de 2025, y el Memorándum DRyCSE N° 852/25; y,
CONSIDERANDO:Que el COPMMOTER, mediante la nota mencionada, ha solicitado la extensión de la prórroga para la aplicación de la norma IRAM 2477;
Que la Dirección de Regulación y Control del Servicio Eléctrico, a través del Memorándum N° 852/25, ha indicado que «vista la Resolución N° 68/25 mediante la cual se prorrogó la entrada en vigencia de la norma IRAM N° 2477 para caños de acometida doble aislación hasta el día 30 de septiembre del corriente año, y considerando la solicitud de extensión de prórroga realizada por el COPMMOTER mediante el R/N 03447/25 EPRE; esta Dirección cree conveniente la extensión de la normativa mencionada previamente por el término de cuatro (4) meses a partir del 01/10/2025, ya que permanecen vigentes las razones argumentadas en el otorgamiento de dicha prórroga»;
Que por su parte la Dirección Jurídica, en el Dictamen N° 1003, se expide manifestando que «en virtud de que el Artículo 48° de la Ley N° 8.916 faculta a este Organismo para establecer la normativa que regulará la actividad eléctrica en la Provincia, autorizándolo por su inciso a) apartado 2) para dictar reglamentos a los cuales deberán ajustarse los Generadores Aislados, Distribuidores y Usuarios de electricidad en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, no se encuentran objeciones legales que realizar a la normativa proyectada en tanto esta implica una mejoría a la regulación vigente y además se adecua la relación entre materiales disponibles en el mercado, costos e intereses económicos de los actores del sistema eléctrico descripto en los antecedentes»;
Que, por lo tanto, corresponde aprobar una prórroga de la entrada en vigencia de la norma IRAM 2477 por un término de cuatro (4) meses;
Que se han producido los informes técnico y legal pertinentes, los cuales obran adjuntos al expediente de referencia;
Que por Decreto Nº 1127/96 MEOSP se dispuso la intervención de este Ente, atribuyéndose al Interventor las facultades del Directorio, y que de conformidad al Decreto N° 1252/25 GOB, se encomienda al Director Jurídico del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), Dr. Marcos Rodríguez Allende, el ejercicio de las facultades y atribuciones del Directorio de dicho Organismo, con carácter transitorio, por lo que en uso de las funciones establecidas en los Artículos 48º y 56º de la Ley Nº 8.916;
EL INTERVENTOR DEL EPRE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º:Prorrogar la entrada en vigencia de la norma IRAM 2477 por el término de cuatro meses, a partir del 01 de octubre de 2025, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°:Registrar, notificar a las Distribuidoras Provinciales, a todos los fabricantes de caños de acometida, a los Colegios Profesionales integrantes del Consejo Consultivo del Registro de Instaladores Electricistas de la Provincia (RIEP) y mediante el Sistema de Emisión de Certificados de Conexión (SECC) ‘a todos los instaladores matriculados, publicar en el Boletín Oficial, Página Web del EPRE y, oportunamente archivar.