22 de diciembre de 2024

“No es cierto que para la validez del cuadro tarifario sea necesaria la resolución del EPRE”, dijo el asesor legal del organismo

El asesor legal del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), Pablo Franco, brindó precisiones respecto de las acciones de amparo presentadas por la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecer) contra los incrementos de la energía eléctrica y explicó que “no es cierto como afirman desde la Asociación de Consumidores que para el cuadro tarifario tenga validez es necesaria la resolución del EPRE”.

Al respecto, aclaró que “el marco regulatorio prevé que la distribuidora puede presentar el nuevo cuadro tarifario y si el EPRE no se expide en 10 días, la distribuidora lo puede aplicar”. Asimismo, informó que la Justicia “rechazó la acción de amparo colectivo” contra el incremento aplicado por la Cooperativa Eléctrica de Concordia decisión que se apeló y actualmente tramita ante la Sala de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) para la sentencia definitiva. Estimó que dicha instancia estaría resuelta “en 10 a 15 días”. Advirtió además que “en Concordia se hicieron unas cinco o seis presentaciones de amparo individuales por las cuales el EPRE no está citado hasta el momento y están en trámite” ante la Justicia y confirmó que “el viernes pasado se presentó en Paraná una acción colectiva por parte de Adecer contra la distribuidora Enersa, similar a la que presentó contra la Cooperativa de Concordia”.
En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza) Franco recordó que “la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos presentó una acción de amparo contra la Cooperativa de Concordia donde la jueza hizo lugar a la cautelar de suspensión de las órdenes de cortes del servicio por falta de pago y que dejaran de facturar, y en ese caso corrió traslado a la Cooperativa y citó al EPRE”.

Ante ello, indicó que “se intervino por medio de (Carlos) Halle que es el interventor y se contestó el informe que requirió la jueza y ese amparo tuvo fallo el viernes pasado donde se rechaza la acción, por lo cual la Asociación apeló ese fallo y ahora se eleva a la Sala de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia para la sentencia definitiva”.

Estimó que el plazo de dicha Sala para expedirse “será de 10 a 15 días luego de correr traslado al Ministerio Público Fiscal”.

Explicitó que la justicia “hizo un pedido de informes y correlativamente un traslado de la demanda, solicitando conocer si se habían aprobado los cuadros tarifarios que la Cooperativa aplicaba, a lo que se contestó de forma afirmativa porque son los cuadros tarifarios que se aprobaron en los últimos dos años”.

Agregó que “también pedía conocer en qué se habían basado o fundado esos nuevos cuadros, y se le explicó todo lo que fue el proceso que en su momento se llamó el Programa de Convergencia que congeló durante dos años la tarifa eléctrica, el cual terminó en diciembre de 2015 y con la llegada del nuevo gobierno nacional se implementó una política diametralmente distinta, con una progresiva quita de los subsidios en el precio de venta del mercado mayorista, lo que conllevó que se incrementara sustancialmente el precio final de la energía”.

“A su vez las distribuidoras tuvieron el valor agregado de distribución, que es la remuneración que tienen las distribuidoras para cumplir su tarea, y ese doble aumento llevó a que cambiara sustancialmente el precio final al usuario”, añadió.

Respecto del planteo de la Asociación de Consumidores que cuestionaba que el cuadro tarifario de aumentos se conoció luego de realizada la facturación, Franco aclaró que “no estuvo preguntado en el informe sino que fueron declaraciones periodísticas posteriores” y explicitó que “desde el periodo de noviembre que los consumidores cuestionaron, se aprobó un cuadro tarifario que rigió solamente un mes que fue noviembre, porque el 1° de diciembre la Secretaría de Energía de la Nación dictó una resolución estableciendo el nuevo precio de venta de la energía, conforme a la audiencia pública realizada el 17 de noviembre, que determinó un aumento del precio de venta mayorista en dos tramos: uno a partir del 1° de diciembre de 2017 y otro a partir del 1° de febrero de 2018”.

“De ese primer aumento, la resolución de la Secretaría salió el 1° de diciembre en el Boletín Oficial de la Nación, se toma conocimiento y la distribuidora Enersa conforme está previsto en el marco regulatorio elabora el cuadro tarifario en base al nuevo precio de venta, el EPRE hace una revisión del cuadro presentado para ver si se ajusta y lo aprueba. Esa resolución de aprobación salió el 15 de diciembre y posteriormente se vuelven a publicar las resoluciones de los nuevos cuadros el 1° de febrero”, puntualizó el abogado.

Y agregó que “más allá de esta cuestión de publicaciones, no es cierto como afirman desde la Asociación de Consumidores que para el cuadro tarifario tenga validez es necesaria la resolución del EPRE” y aclaró que “el marco regulatorio prevé que la distribuidora puede presentar el nuevo cuadro tarifario y si el EPRE no se expide en 10 días, la distribuidora lo puede aplicar, y estará sujeto a lo que el ente decida después”.

“Si después el EPRE al aprobar el cuadro que ya aplicó la distribuidora decide que ese cuadro debe revisarse y bajar los montos, la distribuidora en la próxima facturación del usuario tiene que ajustar lo que ha cobrado de más. Es decir que no es una condición esencial que el cuadro tarifario esté aprobado por el EPRE”, explicó.

De todos modos, aseguró que “trabajando de forma responsable, la resolución del cuadro tarifario que rigió en diciembre y enero se aprobó el 12 de diciembre: la distribuidora lo presentó el 7, se aprobó el 12 y se publicó el 15, y se volvió a publicar para presentar el nuevo cuadro tarifario que va a regir en el periodo que abarca del 1° de febrero al 30 de abril, que actualmente está rigiendo”.

En este panorama, informó que “en Concordia se hicieron unas cinco o seis presentaciones de amparo individuales por las cuales el EPRE no está citado hasta el momento y están en trámite” y confirmó que “el viernes pasado se presentó en Paraná una acción colectiva por parte de Adecer contra la distribuidora Enersa, similar a la que presentó contra la Cooperativa de Concordia”.

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