Extensión de plazo para la Revisión Tarifaría Integral
RESOLUCION EPRE 107/26
PARANÁ, 23 de julio de 2026
La Resolución EPRE N° 158/25 y la nota presentada por la Federación Argentina de Cooperativas Eléctricas (FACE) – Regional Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución EPRE N° 158/25 se convocó al proceso de Revisión Tarifaria Quinquenal – Cuarto Período, se aprobaron los criterios para la elaboración de las propuestas que deberán presentar las Distribuidoras y se fijó como fecha límite para su presentación el día 31 de julio de 2026, estableciéndose asimismo que las mismas deberán expresarse en pesos al 31 de diciembre de 2025;
Que mediante nota de fecha 5 de mayo de 2026, la Secretaría de Energía de la Provincia solicitó la incorporación de pautas complementarias al estudio tarifario, en atención a la necesidad de adecuar las políticas tarifarias y el desarrollo del sistema de distribución provincial a las nuevas modalidades de consumo de los usuarios;
Que mediante nota de fecha 21 de julio de 2026, la FACE – Regional Entre Ríos solicitó una prórroga del plazo fijado por la Resolución EPRE N° 158/25, manifestando la necesidad de contar con un mayor plazo para concluir las revisiones finales de las propuestas a presentar por las Distribuidoras Cooperativas;
Que, en virtud de las circunstancias expuestas, este Organismo considera razonable y atendible la solicitud formulada;
Que, en consecuencia, corresponde prorrogar el plazo previsto en el Artículo 3° de la Resolución EPRE N° 158/25 por el término de quince (15) días hábiles;
Que por Decreto N° 1127/96 MEOSP se dispuso la intervención de este Ente, atribuyéndose al Interventor las facultades del Directorio, y que conforme al Decreto N° 1252/25 GOB, se encomienda al Director Jurídico del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), Dr. Marcos Rodríguez Allende, el ejercicio de las facultades y atribuciones del Directorio de dicho Organismo, con carácter transitorio, por lo que en uso de las funciones establecidas en los Artículos 48° y 56° de la Ley N° 8.916;
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°:Prorrogar por el término de quince (15) días hábiles, contados a partir del vencimiento del plazo previsto en el artículo 3° de la Resolución EPRE N° 158/25, el plazo para la presentación de las propuestas correspondientes al proceso de Revisión Tarifaria Quinquenal – Cuarto Período, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2°:Registrar, notificar a la Federación Argentina de Cooperativas Eléctricas (FACE) – Regional Entre Ríos, a Energía de Entre Ríos S.A. (ENERSA), a las Distribuidoras Cooperativas de la Provincia, a la Secretaría de Energía de la Provincia de Entre Ríos, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio web institucional del EPRE y, oportunamente, archivar.
