RN N° 2841/00 EPRE.-
PARANÁ, 29 de Diciembre del 2000
VISTO:
El Decreto N° 4.926 M.E.O. y S.P.; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Decreto en su Artículo 2° establece que el FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS ESTACIONALES será administrado por el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGÍA;
Que resulta necesario reglamentar en forma concreta la operación del FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS ESTACIONALES;
Que por Decreto N° 1127/96 se ha dispuesto la intervención del Ente, por lo que en uso de sus facultades;
EL INTERVENTOR DEL EPRE
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°: Aprobar la “REGLAMENTACIÓN DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS ESTACIONALES” que como ANEXO I integra la presente Resolución.
ARTICULO 2º : Registrar, comunicar y archivar.
ING. ORLANDO CHIARDOLA
INTERVENTOR