RN Nº 103/06 EPRE.-
PARANA, 31 OCT 2006
VISTO:
La Resolución Nº 80/05 (Texto Ordenado de la Resolución Nº 32/05) EPRE y la Especificación Técnica para Pilares Premoldeados de Hormigón Armado para Servicio Eléctrico (PIPSE) formulado por la Gerencia de Área Contratos de Concesión; y
CONSIDERANDO:
Que el Anexo I de la mencionada Resolución, establece como requisito previo para la utilización de tales Pilares Premoldeados la aprobación por parte de este Ente de cada uno de los prototipos (modelos) correspondientes;
Que sin perjuicio de la aprobación de dichos prototipos por parte del EPRE, los fabricantes serán los responsables de garantizar la uniformidad en los procesos productivos comerciales;
Que asimismo los Instaladores Electricistas, previo a la instalación de un pilar premoldeado, deberán verificar bajo su responsabilidad que el modelo a colocar esté incluido en el Registro de Prototipos de Pilares Premoldeados de Hormigón Armado para Servicio Eléctrico y que el pilar a instalar cumpla con lo estipulado en la Especificación Técnica PIPSE, dejando esta novedad debidamente asentada en el respectivo Certificado de Conexión de Servicio Eléctrico;
Que la Especificación Técnica PIPSE emitida por este Ente, que obra como Anexo I de la presente, detalla las características constructivas, las cualidades de los materiales a utilizar, los ensayos de tipo e inspecciones que se deberán cumplimentar además de la información técnica a suministrar por parte de los fabricantes de Pilares Premoldeados de Hormigón Armado para acometida y medición de servicio eléctrico de Tarifa T1 en la Provincia de Entre Ríos;
Que a efectos de hacer operativa la Reglamentación, se estima necesario conformar un Registro de Prototipos de Pilares Premoldeados de Hormigón Armado para Servicio Eléctrico (REPIPSE), el que deberá mantenerse actualizado y ser puesto en conocimiento de todas las Distribuidoras Eléctricas Provinciales, al Registro de Instaladores Electricistas e incorporado a la página web del Ente;
Que a fs. 01 y 09 se cuenta con los correspondientes dictámenes técnico y legal, respectivamente;
Que por Decreto Nº 1127/96 se ha dispuesto la intervención del Ente, por lo que en uso de sus facultades;
EL INTERVENTOR DEL EPRE
RESUELVE :
ArtIculo 1º: Ratificar la vigencia de la Especificación Técnica para Pilares Premoldeados de Hormigón Armado para Servicio Eléctrico -Tarifa T1- (PIPSE), oportunamente formulado por la Gerencia de Área Contratos de Concesión de este EPRE, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
ArtIculo 2º: Establecer como condiciones mínimas exigibles para la fabricación de Pilares Premoldeados de Hormigón Armado para Servicio Eléctrico -Tarifa T1- en la Provincia de Entre Ríos, el cumplimiento de la Especificación Técnica (PIPSE) ratificada por el Articulo 1º.
ArtIculo 3º: Crear el Registro de Prototipos (modelos) de Pilares Premoldeados de Hormigón Armado para Servicio Eléctrico (REPIPSE), que contendrá todos los prototipos aprobados y datos del fabricante. Dicho Registro estará a cargo de la Gerencia de Área Contratos de Concesión de este EPRE, la que será responsable de su actualización, comunicación a todas las Distribuidoras Eléctricas Provinciales, al Registro de Instaladores Electricistas e incorporación a la página web del Ente, como asimismo del resguardo de los respectivos Legajos Técnicos.
ARTICULO 4º: Establecer que los Instaladores Electricistas, previo a la instalación de un pilar premoldeado, deberán verificar bajo su responsabilidad que el modelo a colocar cumpla con lo estipulado en la Especificación Técnica PIPSE, y se encuentre incluido en el Registro de Prototipos (REPIPSE), dejando esta novedad debidamente asentada en el respectivo Certificado de Conexión de Servicio Eléctrico.
ARTICULO 5º: Registrar, comunicar, publicar y archivar.
ARQ. FRANCISCO TAIBI
INTERVENTOR EPRE