22 de noviembre de 2024

Resolución Nº 208/07

Res.208/07-Reg.Disc.p/Instal.Elect.Matriculados
PARANÁ, 19 de Octubre de 2007.-

VISTO:

El Registro de Nota EPRE Nº 803/07, las Notas de la Dirección Regulación y Control del Servicio Eléctrico DRyCSE- Nros. 109/07, 110/07, 111/07; y

CONSIDERANDO:

Que el Registro de Notas EPRE Nº 803/07 se refiere a la presentación de la Subdirección de Instalaciones Eléctricas de la Municipalidad de Paraná expresando: “ que esta Subdirección de Obras Eléctricas, viene observando con preocupación la falta de acatamiento a lo establecido en las Resoluciones Nº 32 y 80/05, ya sea por parte de los Sres. Instaladores Electricistas como así también por parte de la empresa encargada, de verificar y conectar las entradas de energía, ya que se han detectado diferentes casos de conexiones con graves irregularidades en su ejecución y lo que es más grave aún se encuentran conectadas, constituyendo un serio riesgo para la ciudadanía toda”. Informando además de Actas realizadas por inspectores de la mencionada repartición a instaladores electricistas con motivo de incumplimiento de la normativa eléctrica en el aspecto de seguridad de las instalaciones;

Que las Distribuidoras remiten periódicamente listados donde se informan observaciones por falta de conformidad con los requisitos establecidos por la Resolución EPRE Nº 80/05 (Texto Ordenado Resolución EPRE Nº 32/05);

Que asimismo, de las inspecciones efectuadas por personal de este Ente a los nuevos servicios y reconexiones comerciales de las Distribuidoras, se han detectado trabajos con deficiencias en cuanto al cumplimiento de la Reglamentación vigente.

Que a pesar del envío de Notas por parte del EPRE a los instaladores, indicando la ejecución de acometidas observadas, se reiteran las anormalidades;

Que entre las funciones y facultades del EPRE establecidas por la Ley Nº 8916, se encuentra la de establecer la normativa regulatoria de la actividad eléctrica provincial, dictar reglamentos en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos y reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de disposiciones legales, reglamentarias, como también velar por la protección de la propiedad, el medio ambiente y la seguridad pública en la construcción y operación de los sistemas eléctricos;

Que los Instaladores Electricistas que pertenecen al Registro Provincial de Instaladores Electricistas se encuentran obligados al cumplimiento de la normativa establecida, en los aspectos que hacen a la seguridad de los usuarios, siendo facultad del EPRE establecer sanciones por el incumplimiento de la misma, concurrente con la obligación de los Colegios Profesionales de promover acciones a favor de la ética profesional;

Que a los efectos de ajustar estas conductas es necesario reglamentar las sanciones correspondientes por violaciones a la normativa vigente, dado que las mismas afectan bienes, salud y seguridad de la población;

Que el tema ha sido tratado por funcionarios del EPRE, representantes de la Subdirección Obras Eléctricas Electromecánicas y Aéreas de la Municipalidad de Paraná y representantes de los Colegios Profesionales de Ingenieros Especialistas, de Ingenieros Civiles, de Arquitectos y de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de Entre Ríos, por lo que se considera conveniente crear un Consejo Consultivo que constituirá un ámbito adecuado para el tratamiento de estos casos;

Que el Interventor del EPRE está facultado para el dictado de la presente Resolución, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 48 a) 1), 2) y 6) y Artículo 68 de la Ley N° 8916, el cual refiere éste último a las Contravenciones y Sanciones por diferentes violaciones o incumplimientos, tanto de la Ley Nº 8916 como de las normas que la reglamentan, cometidos en este caso puntual por terceros no concesionarios;

Que a fs. 26 y 29, 36 han tomado intervención la Dirección Regulación y Control del Servicio Eléctrico y la Dirección Jurídica, respectivamente;

Que por Decreto Nº 1127/96 se ha dispuesto la intervención del Ente, por lo que en uso de sus facultades;

EL INTERVENTOR DEL EPRE
RESUELVE:

ArtIculo 1º: Crear un Consejo Consultivo ad-honorem, para asesorar al EPRE en el tratamiento de sanciones a aplicar por incumplimientos al Reglamento para Acometidas Domiciliarias (Resoluciones EPRE Nº 32/05 y 80/05) por parte de Instaladores Electricistas integrantes del Registro Provincial de Instaladores Electricistas.

ARTICULO 2º: Invitar a integrar el Consejo creado en el Articulo 1º a representantes de cada uno de los Colegios Profesionales cuya matrícula integre el Registro y a los Municipios que tienen vigente normativas para instalaciones eléctricas domiciliarias.

ARTICULO 3º: Establecer sanciones de inhabilitación a los Instaladores Electricistas inscriptos en el Registro Provincial de Instaladores Electricistas, por un período a determinar según la gravedad y reiteración de la falta, en casos de incumplimientos de los requisitos establecidos por la Reglamentación Provincial vigente.

ARTICULO 4º: Facultar a la Dirección de Regulación y Control del Servicio Eléctrico -DRyCSE- de este Ente, a evaluar y aplicar la correspondiente suspensión del Registro
Provincial, previa consulta al Consejo creado por el Artículo 1º.

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar a los Colegios Profesionales de Ingenieros Especialistas, de Ingenieros Civiles, de Arquitectos y de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de Entre Ríos, Subdirección de Obras Eléctricas de la Municipalidad de Paraná, Distribuidoras de Energía Eléctrica en jurisdicción Provincial y Municipios, publicar y archivar.

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