{"id":8863,"date":"2026-09-16T10:05:29","date_gmt":"2026-09-16T13:05:29","guid":{"rendered":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/?p=8863"},"modified":"2026-09-16T10:09:54","modified_gmt":"2026-09-16T13:09:54","slug":"certificado-de-conveniencia-y-necesidad-publica-linea-de-alta-tension-en-132kv-chajari-federacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/certificado-de-conveniencia-y-necesidad-publica-linea-de-alta-tension-en-132kv-chajari-federacion\/","title":{"rendered":"Certificado de Conveniencia y Necesidad Publica &#8211; Linea de Alta Tensi\u00f3n en 132kV , Chajari-Federacion"},"content":{"rendered":"<link rel=\"stylesheet\" href=\"https:\/\/use.typekit.net\/oov2wcw.css\">\n<p style='font-family:\"century-gothic\";text-align:left;font-size:42px'><strong>RESOLUCION EPRE 150\/26<\/strong><\/p>\n<p style='font-family:\"century-gothic\";text-align:left;font-size:42px'><strong>EXPT. EPRE 345\/26<\/strong><\/p>\n<div style=\"font-size:14px;\">\n<a href=\"\/web\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/resolucion-epre-150-26.pdf\" target=\"_blank\"><\/p>\n<div class=\"card-download\"><b>Resolucion EPRE 150\/26 Completa<\/b><span>Click sobre el boton para acceder<\/span><\/div>\n<p><\/a>\n<\/div>\n<p style='font-family:\"century-gothic\";text-align:right'>\n<b>PARAN\u00c1, 11 de Septiembre de 2026<\/b>\n<\/p>\n<div style='text-align:justify;font-family:\"century-gothic\"'>\n<p><b>VISTO:<\/b><\/p>\n<p>El Expediente EPRE N\u00ba 345\/25, mediante el cual la Empresa Energ\u00eda de Entre R\u00edos Sociedad An\u00f3nima \u2014ENERSA\u2014 solicita el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica para la construcci\u00f3n de la Nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n Chajar\u00ed\u2013Federaci\u00f3n 132 kV, destinada a alimentar la Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n 132\/33\/13,2 kV; y<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>CONSIDERANDO:<\/b><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que con fecha 22 de agosto de 2025 la Empresa Energ\u00eda de Entre R\u00edos Sociedad An\u00f3nima \u2014ENERSA\u2014 solicit\u00f3 el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica para la Nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n Chajar\u00ed\u2013Federaci\u00f3n 132 kV, destinada a alimentar la Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n 132\/33\/13,2 kV, acompa\u00f1ando a tal efecto la documentaci\u00f3n correspondiente establecida en el Anexo I de la Resoluci\u00f3n N\u00ba 214\/97 EPRE;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el proyecto tiene como antecedente la Resoluci\u00f3n N\u00ba 25\/17 EPRE, mediante la cual este Organismo otorg\u00f3 a ENERSA el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica para la \u201cConstrucci\u00f3n de una Nueva Estaci\u00f3n Transformadora 132\/33\/13,2 kV en la ciudad de Federaci\u00f3n\u201d;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, seg\u00fan manifiesta la requirente, la concreci\u00f3n de dicha obra se ha visto demorada por m\u00e1s de siete a\u00f1os debido a conflictos regulatorios con la jurisdicci\u00f3n nacional, que no ha emitido el certificado correspondiente para la l\u00ednea de vinculaci\u00f3n con el sistema nacional, bajo jurisdicci\u00f3n de TRANSNEA;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, a diferencia del proyecto anterior, la nueva l\u00ednea propuesta se desarrolla \u00edntegramente dentro de la Provincia de Entre R\u00edos, conectando dos estaciones transformadoras que son y ser\u00e1n operadas por ENERSA, lo que, seg\u00fan expresa la Distribuidora, garantiza autonom\u00eda jurisdiccional y operativa;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que ENERSA manifiesta que la iniciativa responde a necesidades urgentes del servicio p\u00fablico de distribuci\u00f3n el\u00e9ctrica en Federaci\u00f3n, tanto a corto como a largo plazo;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, conforme los estudios acompa\u00f1ados por la requirente, el esquema actual de abastecimiento se encuentra basado en l\u00edneas de 33 kV de m\u00e1s de 40 km de longitud y una \u00fanica subestaci\u00f3n de limitada capacidad y m\u00e1s de 40 a\u00f1os de antig\u00fcedad, no resultando t\u00e9cnica ni econ\u00f3micamente viable, requiri\u00e9ndose, en per\u00edodos de alta demanda, especialmente en verano, la instalaci\u00f3n de grupos generadores m\u00f3viles para evitar la saturaci\u00f3n de los tres transformadores de 5 MVA y para mantener la calidad del suministro;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la propuesta implica, seg\u00fan la requirente, un salto tecnol\u00f3gico significativo, al conectar directamente la ciudad al sistema de transporte provincial, permitiendo mejorar la confiabilidad, seguridad y capacidad de expansi\u00f3n del sistema el\u00e9ctrico y favoreciendo el desarrollo urbano, industrial y rural, tanto para usuarios directos de ENERSA como para servicios cooperativos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que de la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica acompa\u00f1ada informa que no resulta t\u00e9cnica ni econ\u00f3micamente conveniente continuar con el esquema de alimentaci\u00f3n actual consistente en l\u00edneas de 33kV con m\u00e1s de 40 Km de longitud cada una y con una \u00fanica subestaci\u00f3n transformadora de 33\/13,2 kV de limitada capacidad de transformaci\u00f3n y con m\u00e1s de 40 a\u00f1os de antig\u00fcedad;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que a la situaci\u00f3n arriba informada se suma la disponibilidad de potencia y servicio de una estaci\u00f3n transformadora de 132 kV situada en la localidad de Chajar\u00ed atendiendo \u00e9sta a su vez importantes demandas regionales;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que ENERSA informa que la l\u00ednea de alimentaci\u00f3n actual se encuentra saturada, siendo de 16,5 MVA la potencia m\u00e1xima que t\u00e9cnicamente puede transportarse cumpliendo los \u00edndices de calidad de producto exigidos por este Ente, y que la saturaci\u00f3n de dicha l\u00ednea, sumada a la situaci\u00f3n de la Subestaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n, imposibilita atender el crecimiento futuro del consumo con las instalaciones existentes;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que de acuerdo a lo establecido en la Resoluci\u00f3n N\u00ba 214\/97 EPRE, toda obra que involucre el nivel de tensi\u00f3n en 132 kV, previo a su concreci\u00f3n, requiere la obtenci\u00f3n del Certificado que acredite la Conveniencia y Necesidad P\u00fablica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la soluci\u00f3n propuesta comprende la L\u00ednea a\u00e9rea de Alta Tensi\u00f3n de 132 kV simple terna para alimentar la nueva ET Federaci\u00f3n, aislaci\u00f3n line post disposici\u00f3n coplanar vertical y triangular, estructuras de hormig\u00f3n armado, de ser necesario se considerar\u00e1 para casos particulares estructuras met\u00e1licas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, con tal motivo, la Distribuidora adjunt\u00f3 la siguiente informaci\u00f3n requerida por la Resoluci\u00f3n N\u00ba 214\/97 EPRE:<\/p>\n<ul>\n<li>Estudios t\u00e9cnicos.<\/li>\n<li>Esquemas con los resultados de los flujos de potencia.<\/li>\n<li>Planos de las l\u00edneas, estructuras y estaci\u00f3n transformadora.<\/li>\n<li>Estudio de Evaluaci\u00f3n de Impacto Ambiental.<\/li>\n<li>Nota de la Municipalidad de la ciudad de Federaci\u00f3n, expresando su formal apoyo a la realizaci\u00f3n de la obra presentada para la obtenci\u00f3n del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica denominada \u00abEstaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n 132kV\u00bb.<\/li>\n<li>Nota de la Municipalidad de la ciudad de Chajar\u00ed, autorizando la realizaci\u00f3n de las tareas necesarias y descriptas en la nota seg\u00fan exp. 05*21070.<\/li>\n<li>Resoluci\u00f3n N\u00b01762\/25 S.A. de la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia de Entre R\u00edos, con el Certificado de aptitud ambiental \u00abNUEVA L\u00cdNEA EL\u00c9CTRICA A\u00c9REA DE ALTA TENSI\u00d3N (132 kV) ET CHAJAR\u00cd &#8211; ET FEDERACI\u00d3N\u00bb.<\/li>\n<ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la traza se inicia en la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed, sobre la RN N\u00b0 15 (km 325) y se extiende hasta el predio destinado a la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la LAT proyectada comienza en su extremo norte, en la ET Chajar\u00ed (km 00,00) ubicada a la vera de la RN N\u00b0 14 km 325, transcurre a lo largo de 2.000 m hasta el \u00e1rea industrial Chajar\u00ed atravesando campos agr\u00edcolas con cultivos extensivos. Luego transcurre aproximadamente 1 km por la calle del borde oeste del \u00e1rea Industrial y cambia de rumbo 90\u00b0 hacia el Este y transcurre 400 m por la calle del borde sur de la misma \u00e1rea industrial;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que all\u00ed vuelve a quebrar a 90\u00b0 en direcci\u00f3n SSO a partir de aqu\u00ed la nueva LAT transcurre en paralelo a la LAT 132 kV existente Salto Grande &#8211; Chajar\u00ed y atraviesa campos privados con plantaciones citr\u00edcolas a lo largo de aproximadamente 2500 m, paralelo a la RN N\u00b0 14 para luego atravesar un parche con forestaci\u00f3n a lo largo de 430 m tambi\u00e9n paralelo a la RN N\u00b0 14;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que all\u00ed, en Km 6 + 330, se produce un cambio de rumbo en direcci\u00f3n S atravesando campos bajos anegables con presencia de humedales, con usos extensivos de tipo ganadero, a lo largo de aproximadamente 8.000m hasta la Km 14 + 400;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que en este punto la traza mantiene el mismo rumbo atravesando un sector de plantaciones citr\u00edcolas y plantaciones forestales a lo largo de aproximadamente 2.700 m hasta llegar al A\u00b0 Mandisov\u00ed Grande km 17 + 450;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, luego siguiendo el mismo rumbo atraviesa el valle fluvial del arroyo y sus afluentes a lo largo de 1.000 m aproximadamente Km 18+450. A partir de all\u00ed la traza transcurre por sobre una serie de plantaciones citr\u00edcolas con cortinas forestales perimetrales a lo largo de aproximadamente 4.450 m hasta km 23;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que en este punto la LAT proyectada cambia de rumbo en direcci\u00f3n ESE. Cruza  a LAT 132 kV existente (Salto grande &#8211; Chajar\u00ed) y la LMT de 33 kV Chajar\u00ed \u2013Federaci\u00f3n existente, seguidamente cruza la RN N\u00b0 14. A partir de este punto, la traza atraviesa una zona de humedales y campos bajos a lo largo de 1300 m hasta km 24 + 500, donde cruza las v\u00edas del ferrocarril y su \u00e1rea de influencia a lo largo de 250 m (km 24+500 a km 24+750);<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que a partir de all\u00ed la traza continua con el mismo rumbo atravesando plantaciones forestales a lo largo de aproximadamente 2700 m hasta km 27+470. Desde all\u00ed la LAT continua con rumbo similar con leves variaciones atravesando campos bajos con humedales a lo largo de 1700 m (km 30), en este punto y hasta km 31+600 la LAT atraviesa plantaciones de c\u00edtricos con cortinas forestales perimetrales, desde all\u00ed hasta km 33+ 830, a lo largo de aproximadamente 2.300 m la traza vuelve a atravesar campos bajos con presencia de humedales y arboles aislados correspondientes a la ecorregi\u00f3n del espinal;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que en este punto, la LAT cambia de rumbo en direcci\u00f3n ENE comenzando a transcurrir por calle publica, yendo paralela a 400 m al acceso a Federaci\u00f3n, del \u00e1rea complementaria urbana de Federaci\u00f3n por una zona de plantaciones citr\u00edcolas y forestales con aserraderos a lo largo de 2.750 m hasta llegar al sitio de la Futura ET Federaci\u00f3n localizada en las coordenadas 31\u00b0 00&#8242; 29.03&#8243; S y 57\u00b056&#8217;16.27&#8243; O aproximadamente;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la traza proyectada considera las siguientes disposiciones t\u00edpicas de los conductores y sus franjas de seguridad:<\/p>\n<ul>\n<li>L\u00ednea tipo urbana futura doble terna con aislaci\u00f3n line post, disposici\u00f3n coplanar vertical (una terna sobre otra), conductor de 300\/50 mm2 Al\/Ac, vano t\u00edpico de 100 m y franja de servidumbre de 9 m centrada con el eje de los conductores. Con este dise\u00f1o la traza de la l\u00ednea debe ubicarse a una distancia de al menos 3 m respecto del alambrado o l\u00ednea municipal.<\/li>\n<li>L\u00ednea tipo rural simple terna con aislaci\u00f3n line post, disposici\u00f3n triangular, conductor de 300\/50 mm2 Al\/Ac, vano m\u00e1ximo de 250 m y franja de servidumbre de 20 m centrada con el eje de la postaci\u00f3n;<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que las estructuras sobre v\u00eda p\u00fablica ser\u00e1n postes de hormig\u00f3n prefabricados, de aproximadamente 22,50 metros de altura, estar\u00e1n a una distancia m\u00e1xima de 3 metros de la l\u00ednea de alambrado o l\u00ednea municipal y se utilizar\u00e1 para su c\u00e1lculo un vano t\u00edpico de acuerdo a la configuraci\u00f3n de la LAT de entre 100 m y 240 m;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en cuanto a las generalidades de la obra, la ENERSA informa que para la ET 132\/33\/13,2 kV \u00abFederaci\u00f3n\u00bb el terreno ha sido adquirido por ENERSA y consta con el plano de mensura N\u00b0 36497, registrado en la Direcci\u00f3n de Catastro de la Provincia de Entre R\u00edos el 31 de mayo de 2011, se\u00f1alado como \u00abFracci\u00f3n A\u00bb, siendo de una superficie total de 10000 m2 seg\u00fan copia de la escritura adjunta a la presentaci\u00f3n. Destacando asimismo que todas las instalaciones estar\u00e1n dise\u00f1adas para operar a futuro con dos transformadores de potencia de 40\/40\/40 MVA cada uno. Se prev\u00e9n salidas para distribuidores en 13,2 kV y alimentadores en 33 kV en las cantidades necesarias de acuerdo al crecimiento de la demanda de la zona a abastecer;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en definitiva, la presentaci\u00f3n de la distribuidora aporta la informaci\u00f3n m\u00ednima requerida por los puntos 19 A) de a) a h) del Anexo I de la Resoluci\u00f3n N\u00ba 214\/97 EPRE cumplimentando en principio con lo requerido, seg\u00fan:<\/p>\n<ol type=\"a\">\n<li> Descripci\u00f3n y caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas de las instalaciones existentes de vinculaci\u00f3n del Agente con el Sistema El\u00e9ctrico Provincial.<\/li>\n<li> Estudios de demanda completos. An\u00e1lisis hist\u00f3ricos y escenarios previsibles.<\/li>\n<li> Proyecto t\u00e9cnico y valorizaci\u00f3n de la Instalaci\u00f3n propuesta.<\/li>\n<li> Requerimientos de suministro o de servicio de transporte en energ\u00eda y potencia por periodo estacional semestral para los pr\u00f3ximos cuatro (4) a\u00f1os y estimados para los siguientes seis (6) a\u00f1os<\/li>\n<li> Estudios del Sistema El\u00e9ctrico de la Distribuidora, en configuraci\u00f3n normal habitual y ante contingencias, necesarios para verificar la factibilidad t\u00e9cnica de la Solicitud.<\/li>\n<li> Detalles de los contratos de suministro de energ\u00eda el\u00e9ctrica que posea el Solicitante.<\/li>\n<li> Valor presente del total de costos de inversi\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento del Sistema El\u00e9ctrico con las modificaciones que se deriven de la Ampliaci\u00f3n Solicitada y sin las mismas.<\/li>\n<li> Descripci\u00f3n y comparaci\u00f3n de alternativas evaluadas.<\/li>\n<li> Evaluaci\u00f3n de impacto ambiental, social, urban\u00edstico, etc.<\/li>\n<li> Toda otra informaci\u00f3n relevante para evaluar la solicitud;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, por lo expuesto, el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica abarcar\u00e1 la construcci\u00f3n de L\u00ednea a\u00e9rea de Alta Tensi\u00f3n de 132 kV simple terna para alimentar la nueva ET Federaci\u00f3n, aislaci\u00f3n line post disposici\u00f3n coplanar vertical y triangular, estructuras de hormig\u00f3n armado, de ser necesario se considerar\u00e1 para casos particulares estructuras met\u00e1licas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, de las constancias obrantes en estas actuaciones, resulta que ENERSA ha dado cumplimiento a las exigencias t\u00e9cnicas m\u00ednimas previstas en la Resoluci\u00f3n N\u00ba 214\/97 EPRE;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, ante la situaci\u00f3n descripta, el EPRE dispuso la celebraci\u00f3n de una Audiencia P\u00fablica en los t\u00e9rminos del Art\u00edculo 12 de la Ley N\u00ba 8916 y conforme al procedimiento fijado en la Resoluci\u00f3n N\u00ba 110\/13 EPRE que aprueba el Reglamento de Audiencias P\u00fablicas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que se ha solicitado al Colegio de Abogados de Entre R\u00edos y al Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre R\u00edos que propongan profesionales del Derecho y de la Ingenier\u00eda, respectivamente, para que act\u00faen como Defensores de los Usuarios;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que mediante Resoluci\u00f3n N\u00b0 101\/26 EPRE se dispuso convocar a Audiencia P\u00fablica para el d\u00eda 05 de agosto de 2026 en la ciudad de Federaci\u00f3n, design\u00e1ndose Instructores a la Dra. Mariana Migueles y al Ing. Leonardo Javier Losada y como Defensores de los Usuarios a los profesionales propuestos por el Colegio de Abogados de Entre R\u00edos y por el Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre R\u00edos, Dr. Alejandro Daniel Canavesio e Ingeniero Electricista Marcelo Marc\u00f3;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el texto de la citada Resoluci\u00f3n fue publicado en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de Entre R\u00edos y notificado a la distribuidora ENERSA, al Sr. Gobernador de la Provincia, a las Distribuidoras el\u00e9ctricas de la provincia, a la Secretar\u00eda Ministerial de Energ\u00eda de la Provincia, a la Fiscal\u00eda de Estado, a la Escriban\u00eda Mayor de Gobierno, a la Direcci\u00f3n de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia, al Colegio de la Abogac\u00eda de Entre R\u00edos y al Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre R\u00edos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que conforme a los t\u00e9rminos de los Art\u00edculos 11\u00ba, 12\u00ba y 13\u00ba de la Resoluci\u00f3n N\u00ba 110\/13 EPRE se public\u00f3 la convocatoria en dos diarios, por el t\u00e9rmino de un d\u00eda en cada uno de ellos, uno de circulaci\u00f3n provincial y otro de circulaci\u00f3n en la regi\u00f3n sede de la audiencia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que mediante Nota N\u00b0 9.251 H.C.D., de fecha 08 de julio de 2026, la Presidenta y el Secretario del Honorable Concejo Deliberante pusieron en conocimiento de este EPRE la Resoluci\u00f3n N\u00b0 1.189\/26, aprobada en la XII Sesi\u00f3n Ordinaria, mediante la cual se declar\u00f3 de Inter\u00e9s Municipal la Audiencia P\u00fablica convocada por este Organismo, expres\u00e1ndose asimismo el respaldo institucional de dicho Cuerpo a la concreci\u00f3n de la obra bajo tratamiento y solicit\u00e1ndose al Poder Ejecutivo Provincial y a ENERSA la adopci\u00f3n de las acciones necesarias para su pronta ejecuci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que habi\u00e9ndose recibido del Sindicato de Luz y Fuerza de Entre R\u00edos el pedido formal de inscripci\u00f3n para intervenir en la Audiencia P\u00fablica mediante Nota recepcionada el 29 de julio de 2026 que gener\u00f3 el RN EPRE N\u00ba 2730\/26 del 30 de julio de 2026, se inscribe su representante Ing. Lucas Daniel Vicentin para exponer;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el 03 de agosto de 2026, la Cooperativa El\u00e9ctrica y Otros Servicios de Concordia LTDA inform\u00f3 su intenci\u00f3n de participar en la audiencia, designando como representantes al Dr. Marcelo Rub\u00e9n Spinelli, al Contador Norberto Mart\u00edn Santana y el Ing. Gustavo Javier Flaquier;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que conforme a los t\u00e9rminos del Art\u00edculo 4\u00b0 del Reglamento de Audiencias P\u00fablicas (Resoluci\u00f3n N\u00b0 110\/13 EPRE) y dentro de los plazos fijados por la Resoluci\u00f3n N\u00b0 101\/26 EPRE, se di\u00f3 comienzo la Audiencia P\u00fablica el d\u00eda 05 de agosto de 2026 a hora 10:17, la que fue presidida por el Se\u00f1or Interventor del Ente Provincial Regulador de la Energ\u00eda, el Doctor Marcos Gabriel Rodr\u00edguez Allende, acompa\u00f1ado del Dr. Pablo Jos\u00e9 Franco y el Dr. Alejandro Nicol\u00e1s Almar\u00e1, y con la presencia de todos los que fueron convocados a dicha audiencia p\u00fablica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que da por iniciada la Audiencia P\u00fablica el Se\u00f1or Interventor del EPRE;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que exponen sus fundamentos: por la ENERSA el Ing. Sebasti\u00e1n Marcoaldi, por Sindicato de Luz y Fuerza de Entre R\u00edos el Ing. Lucas Daniel Vicentin, por la Cooperativa El\u00e9ctrica y Otros Servicios de Concordia LTDA el Dr. Marcelo Rub\u00e9n Spinelli, el Contador Norberto Mart\u00edn Santana y el Ing. Gustavo Javier Flaquier y los Defensores de los Usuarios Dr. Alejandro Daniel Canavesio designado por el Colegio de Abogados de Entre R\u00edos y el Ing. Marcelo Marc\u00f3 designado por el Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre R\u00edos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que de la desgrabaci\u00f3n de la Audiencia P\u00fablica pueden extraerse los aspectos m\u00e1s importantes se\u00f1alados por cada una de las partes;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Sebasti\u00e1n Marcoaldi, en representaci\u00f3n de ENERSA, inicia su exposici\u00f3n se\u00f1alando que la Distribuidora es una sociedad an\u00f3nima que nace el 3 de mayo de 2005 mediante disposici\u00f3n del Gobierno de la Provincia de Entre R\u00edos, quien le otorga la concesi\u00f3n para la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica en el \u00e1rea de cobertura correspondiente; indicando que ENERSA distribuye y comercializa electricidad a m\u00e1s de 430.000 usuarios en su \u00e1rea de concesi\u00f3n, concentrando el setenta y uno por ciento (71 %) del mercado de distribuci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica de la Provincia, mientras que el restante veintinueve por ciento (29 %) es atendido por dieciocho cooperativas el\u00e9ctricas a las que, a su vez, ENERSA tambi\u00e9n presta servicio; agregando que la empresa tiene a su cargo el transporte y distribuci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica en un \u00e1rea de 56.300 kil\u00f3metros cuadrados del territorio provincial;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor indica, entre los datos t\u00e9cnicos caracter\u00edsticos de la empresa, que la demanda m\u00e1xima operada por ENERSA se encuentra en el orden de los 1.000 MW, potencia que debe ser transportada y distribuida en todo el territorio provincial para abastecer a aproximadamente 432.000 usuarios; se\u00f1alando que para ello la Distribuidora opera, mantiene y administra m\u00e1s de 15.000 kil\u00f3metros de l\u00edneas de media tensi\u00f3n, extensi\u00f3n que, a modo ilustrativo, compara con recorrer aproximadamente cuatro veces la Rep\u00fablica Argentina de norte a sur;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el orador agrega que la Distribuidora cuenta con aproximadamente 11.000 kil\u00f3metros de l\u00edneas de baja tensi\u00f3n destinadas principalmente a abastecer a usuarios residenciales y comerciales, y con veinticuatro estaciones transformadoras de alta a media tensi\u00f3n, como la que ENERSA procura construir en la ciudad de Federaci\u00f3n; indicando asimismo que se encuentran en proceso de construcci\u00f3n dos nuevas estaciones de tales caracter\u00edsticas, una en la ciudad de Viale y otra en la ciudad de Oro Verde;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el representante de ENERSA detalla asimismo que la Distribuidora dispone de ochenta y ocho subestaciones transformadoras de media tensi\u00f3n, entre las cuales se encuentra la que actualmente abastece a Federaci\u00f3n y que se pretende reemplazar por una instalaci\u00f3n de mayor capacidad con acceso al nivel de alta tensi\u00f3n; agregando que ENERSA cuenta adem\u00e1s con 14.326 puestos de transformaci\u00f3n, correspondientes mayormente a las instalaciones visibles en la v\u00eda p\u00fablica mediante las cuales se reduce la tensi\u00f3n del nivel de media a baja tensi\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, continuando con la descripci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del sistema, el Ing. Marcoaldi manifiesta que durante el a\u00f1o la Distribuidora entrega aproximadamente 4.014 GWh de energ\u00eda y explica que la potencia media resulta sensiblemente inferior al valor de demanda m\u00e1xima antes referido, circunstancia que impone como desaf\u00edo que las redes sean dise\u00f1adas para soportar los valores m\u00e1ximos de demanda aun cuando durante buena parte del a\u00f1o se encuentren utilizadas por debajo de dicha capacidad;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que seguidamente el expositor describe la inserci\u00f3n del sistema el\u00e9ctrico provincial en el sistema el\u00e9ctrico nacional, se\u00f1alando que las l\u00edneas de 500 kV vinculan principalmente los grandes centros de generaci\u00f3n con los grandes centros de consumo del pa\u00eds y que la Provincia de Entre R\u00edos integra, junto con la Provincia de Santa Fe, la regi\u00f3n el\u00e9ctrica Litoral;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en ese marco, explica que la energ\u00eda disponible en el sistema nacional en 500 kV abastece a la Provincia de Entre R\u00edos desde tres estaciones transformadoras, ubicadas en Salto Grande, Colonia El\u00eda y Gran Paran\u00e1, indicando que mediante dichas instalaciones se vincula el sistema nacional con el sistema de transmisi\u00f3n provincial; agregando que, a partir de la puesta en servicio de la Estaci\u00f3n Transformadora Gran Paran\u00e1, se modific\u00f3 el flujo que anteriormente abastec\u00eda a la costa oeste de la Provincia desde la ciudad de Santa Fe hacia Entre R\u00edos, pasando actualmente, en forma mayoritaria, en sentido inverso;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el representante de ENERSA explica que, para abastecer una ciudad como Federaci\u00f3n, la energ\u00eda proveniente del sistema nacional en 500 kV ingresa al sistema de transmisi\u00f3n provincial en 132 kV, para luego reducirse sucesivamente a los niveles de 33 kV y 13,2 kV necesarios para alimentar la distribuci\u00f3n urbana y el parque industrial; identificando dentro de dicho esquema a la Subestaci\u00f3n Federaci\u00f3n y al punto de suministro correspondiente a la Cooperativa de Chajar\u00ed;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo se\u00f1ala que, junto con el esquema tradicional de abastecimiento, se observa actualmente la incorporaci\u00f3n de usuarios generadores que producen su propia energ\u00eda e inyectan excedentes a la red cuando su consumo resulta inferior a su generaci\u00f3n; destacando que, seg\u00fan expresa, las nuevas obras de infraestructura el\u00e9ctrica no compiten con la incorporaci\u00f3n de fuentes renovables sino que se complementan con ellas, en tanto un sistema m\u00e1s robusto facilita la incorporaci\u00f3n de fuentes de generaci\u00f3n de car\u00e1cter intermitente;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que posteriormente el Ing. Marcoaldi expone la evoluci\u00f3n de la demanda provincial durante los \u00faltimos veinte a\u00f1os, indicando que entre los a\u00f1os 2006 y 2026 tanto la energ\u00eda como la potencia pr\u00e1cticamente duplicaron sus valores, pasando la primera de aproximadamente 2.000 GWh a 4.000 GWh anuales y la potencia m\u00e1xima operada del orden de los 500 MW a aproximadamente 1.000 MW; manifestando que dicho crecimiento constituye un desaf\u00edo que requiere nueva infraestructura para atender el incremento de la demanda de potencia y energ\u00eda;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al referirse espec\u00edficamente al abastecimiento de la ciudad de Federaci\u00f3n, el expositor explica que actualmente la energ\u00eda proviene de la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed, donde se reduce la tensi\u00f3n de 132 kV a 33 kV, continuando por la l\u00ednea Federaci\u00f3n y posteriormente por el denominado Alimentador San Bosco hasta arribar a la ciudad;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el representante de ENERSA se\u00f1ala que, durante los horarios de m\u00e1xima demanda del verano, resulta necesario operar conjuntamente la l\u00ednea proveniente de Chajar\u00ed con la alimentaci\u00f3n proveniente de Concordia, ambas en 33 kV, y conectar simult\u00e1neamente generaci\u00f3n di\u00e9sel para poder soportar la demanda actual de la ciudad de Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, respecto de la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed, el Ing. Marcoaldi manifiesta que originalmente fue dise\u00f1ada para dos transformadores de 30 MVA y que, como consecuencia del crecimiento de la demanda, debi\u00f3 ser repotenciada mediante la incorporaci\u00f3n de una m\u00e1quina de 40 MVA, disponiendo actualmente de una potencia instalada total de 70 MVA;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en cuanto a la l\u00ednea de 33 kV que actualmente abastece a Federaci\u00f3n, el expositor la identifica como uno de los principales cuellos de botella del sistema, indicando que su capacidad nominal ha sido alcanzada y, en determinados momentos, superada; agregando que, por encontrarse permanentemente en servicio, resulta t\u00e9cnicamente dificultoso intervenirla para efectuar obras de refuerzo, toda vez que ello implicar\u00eda retirarla del servicio durante per\u00edodos incompatibles con la continuidad del abastecimiento de la localidad;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, respecto de la Subestaci\u00f3n Transformadora ubicada en la ciudad de Federaci\u00f3n, el expositor indica que la misma reduce la tensi\u00f3n de 33 kV a 13,2 kV para abastecer la distribuci\u00f3n urbana y el parque industrial; que originalmente fue dise\u00f1ada para dos transformadores de 5 MVA y posteriormente repotenciada mediante la incorporaci\u00f3n de una tercera m\u00e1quina de igual potencia, alcanzando actualmente una capacidad instalada de 15 MVA; agregando que se encuentra ocupado todo el espacio f\u00edsico disponible tanto para nueva transformaci\u00f3n como para la incorporaci\u00f3n de nuevas l\u00edneas o distribuidores;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Marcoaldi manifiesta que, cuando la demanda supera dicha capacidad durante las horas de m\u00e1xima exigencia, el excedente debe ser atendido mediante generaci\u00f3n di\u00e9sel o, eventualmente, mediante otras soluciones de almacenamiento; concluyendo que el sistema presenta un problema estructural derivado de una infraestructura que, pese a haber prestado adecuadamente el servicio durante aproximadamente cincuenta a\u00f1os, actualmente constituye un cuello de botella para el crecimiento de la demanda;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, sintetizando la situaci\u00f3n actual, el representante de ENERSA se\u00f1ala que existe potencia disponible en alta tensi\u00f3n en la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed, mientras que el sistema de subtransmisi\u00f3n y transformaci\u00f3n actualmente utilizado para abastecer Federaci\u00f3n se encuentra en situaci\u00f3n de saturaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en ese contexto, el expositor identifica entre las demandas que la infraestructura proyectada procura atender el crecimiento urbano, la producci\u00f3n citr\u00edcola, el turismo y las dem\u00e1s actividades desarrolladas en Federaci\u00f3n, expresando que el objetivo consiste en acompa\u00f1ar dicho crecimiento mediante un abastecimiento con la confiabilidad, calidad y cantidad necesarias;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo refiere como restricciones actuales la necesidad de recurrir a generaci\u00f3n di\u00e9sel, las limitaciones para atender nuevas industrias y la imposibilidad de incorporar nuevos distribuidores, indicando que la soluci\u00f3n procurada apunta adem\u00e1s a obtener suministros anillados que permitan contar con alternativas de alimentaci\u00f3n frente a eventuales contingencias y, de ese modo, evitar interrupciones y mejorar la calidad del servicio;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al describir la soluci\u00f3n propuesta, el Ing. Marcoaldi explica que la misma consiste en evolucionar desde el actual esquema de alimentaci\u00f3n en 33 kV hacia una vinculaci\u00f3n directa en alta tensi\u00f3n, a 132 kV, entre la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed y la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n, ambas pertenecientes a ENERSA y sin intervenci\u00f3n de instalaciones de terceros;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor agrega que el sistema actualmente utilizado para abastecer Federaci\u00f3n permanecer\u00e1 disponible como respaldo ante una eventual contingencia de la nueva l\u00ednea proyectada;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, seg\u00fan expresa el representante de ENERSA, la infraestructura propuesta implica un salto tecnol\u00f3gico y de capacidad destinado a resolver el d\u00e9ficit actual y brindar una soluci\u00f3n de largo plazo, comprendiendo 36,6 kil\u00f3metros de nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n entre Chajar\u00ed y Federaci\u00f3n y una nueva Estaci\u00f3n Transformadora con una capacidad prevista de dos transformadores de 40 MVA cada uno, alcanzando una potencia total de 80 MVA frente a los 15 MVA actualmente instalados; destacando asimismo que la soluci\u00f3n se desarrollar\u00e1 \u00edntegramente dentro de la jurisdicci\u00f3n provincial y sin intervenci\u00f3n de instalaciones pertenecientes a terceros;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en cuanto a la traza proyectada, el Ing. Marcoaldi se\u00f1ala que la nueva l\u00ednea se desarrollar\u00e1 mayormente por sectores rurales, en forma paralela a l\u00edneas existentes y sin necesidad de intervenir sobre ellas, vinculando la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed con el predio de la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n, respecto del cual manifiesta que ENERSA ya resulta propietaria;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, respecto de las caracter\u00edsticas constructivas de la nueva l\u00ednea, el expositor explica que se prev\u00e9 la utilizaci\u00f3n de cable de guardia con fibras \u00f3pticas incorporadas, lo que permitir\u00e1, adem\u00e1s de la funci\u00f3n de protecci\u00f3n frente a descargas atmosf\u00e9ricas, comunicar las instalaciones, incorporar sistemas de videovigilancia y posibilitar su control remoto desde el Centro Operativo Central de ENERSA ubicado en la ciudad de Paran\u00e1;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo describe la utilizaci\u00f3n de aisladores y configuraciones constructivas m\u00e1s compactas respecto de las empleadas hist\u00f3ricamente, indicando que ello permite reducir la altura y el impacto visual de las estructuras; se\u00f1alando que en los sectores urbanos se prev\u00e9n vanos de aproximadamente cien metros entre soportes de hormig\u00f3n, mientras que en los sectores rurales la separaci\u00f3n entre estructuras podr\u00e1 alcanzar aproximadamente doscientos cincuenta metros;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el representante de ENERSA manifiesta que las alturas previstas para los conductores respetan las distancias m\u00ednimas reglamentarias a\u00fan bajo condiciones de m\u00e1xima temperatura ambiente y m\u00e1xima corriente transportada, indicando que en condiciones normales de operaci\u00f3n las alturas libres respecto del terreno resultar\u00e1n superiores a dichos m\u00ednimos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, sin perjuicio de se\u00f1alar que la Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n no constituye el objeto principal de la Audiencia P\u00fablica, el expositor explica que la misma ser\u00e1 construida con tecnolog\u00eda moderna, control digital y operaci\u00f3n remota en tiempo real, contando con arquitectura inteligente y protecciones digitales con funciones de autochequeo y autosupervisi\u00f3n capaces de detectar y desconectar fallas en per\u00edodos del orden de cincuenta a cien milisegundos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, finalmente, el Ing. Marcoaldi enumera entre los beneficios esperados de la obra una mayor confiabilidad del suministro, la eliminaci\u00f3n de restricciones actualmente existentes, la generaci\u00f3n de mejores condiciones para nuevas inversiones y para la radicaci\u00f3n de industrias vinculadas, entre otras, a la actividad maderera y frutihort\u00edcola, la generaci\u00f3n de empleo local y una mejora general de la calidad del servicio; agregando que una mayor robustez del sistema favorecer\u00e1 asimismo la incorporaci\u00f3n de energ\u00edas renovables;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor destaca asimismo el alcance regional de la soluci\u00f3n proyectada, indicando que la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n permitir\u00e1 liberar potencia actualmente utilizada en la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed, cuya potencia instalada de 70 MVA habr\u00eda alcanzado un ochenta y seis por ciento (86 %) de demanda, generando as\u00ed mayor disponibilidad para Chajar\u00ed y su zona de influencia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en funci\u00f3n de ello, el representante de ENERSA caracteriza a las obras proyectadas como de alcance regional, se\u00f1alando que, si bien sus beneficios m\u00e1s inmediatos se producir\u00e1n en Federaci\u00f3n, sus efectos se extender\u00e1n al sistema el\u00e9ctrico de la zona;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al concluir su presentaci\u00f3n, el Ing. Marcoaldi menciona como antecedentes del proyecto el Certificado de Aptitud Ambiental emitido por la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia, la aprobaci\u00f3n oportunamente obtenida para la Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n y el apoyo expresado por las autoridades municipales; manifestando que, a criterio de ENERSA, el proyecto se encuentra t\u00e9cnica, ambiental y econ\u00f3micamente preparado para avanzar, que su desarrollo dentro de la jurisdicci\u00f3n provincial asegura su viabilidad y que la obtenci\u00f3n del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica constituye el paso necesario para continuar con la soluci\u00f3n propuesta;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en consecuencia, el expositor reitera formalmente la solicitud de ENERSA de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica correspondiente al proyecto objeto de la Audiencia P\u00fablica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, finalizada la exposici\u00f3n de ENERSA, el Sr. Interventor di\u00f3 la palabra al Dr. Alejandro Daniel Canavesio, en su car\u00e1cter de Defensor del Usuario, quien explic\u00f3 que su intervenci\u00f3n se orientaba a formular las consideraciones pertinentes y receptar las inquietudes de los usuarios potencialmente alcanzados por el proyecto sometido a consideraci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Dr. Canavesio manifest\u00f3 que, pese a haberse publicado los nombres, tel\u00e9fonos y correos electr\u00f3nicos correspondientes a los Defensores del Usuario designados por el Colegio de la Abogac\u00eda de Entre R\u00edos y el Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre R\u00edos, no hab\u00eda recibido quejas, opiniones ni aportes por parte de los usuarios con car\u00e1cter previo a la celebraci\u00f3n de la Audiencia P\u00fablica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al abordar inicialmente los aspectos jur\u00eddicos del procedimiento, el expositor se\u00f1al\u00f3 que, de acuerdo con la documentaci\u00f3n que le fuera proporcionada por este Ente, se hab\u00edan cumplimentado las exigencias previstas por la normativa vigente, incluyendo los certificados, autorizaciones y dem\u00e1s antecedentes necesarios para la prosecuci\u00f3n del tr\u00e1mite, destacando que ello permit\u00eda superar las dificultades que hab\u00edan impedido concretar el proyecto considerado en una anterior Audiencia P\u00fablica celebrada a\u00f1os atr\u00e1s;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en ese sentido, el Defensor del Usuario expres\u00f3 que, a su criterio, se encontraban cumplimentadas las normas provinciales y disposiciones reglamentarias aplicables al procedimiento llevado adelante por este Ente;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al analizar la necesidad y conveniencia del proyecto, el Dr. Canavesio destac\u00f3 la importancia de que la soluci\u00f3n propuesta se desarrolle \u00edntegramente dentro del territorio provincial, valorando especialmente lo que denomin\u00f3 su \u201cautonom\u00eda jurisdiccional\u201d, en tanto permitir\u00eda evitar la necesidad de acuerdos o intervenciones correspondientes a otras jurisdicciones, sin perjuicio de la obtenci\u00f3n de las servidumbres, permisos y dem\u00e1s autorizaciones necesarias para la ejecuci\u00f3n del trazado;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor agreg\u00f3 que dicha circunstancia otorgar\u00eda, a su criterio, mayor seguridad jur\u00eddica y regulatoria, al quedar la ejecuci\u00f3n del proyecto sujeta principalmente al marco normativo provincial y permitir un mayor control sobre su desarrollo; se\u00f1alando asimismo que ello podr\u00eda contribuir a que la obra se concrete en un plazo menor al transcurrido respecto de iniciativas anteriores;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo hizo referencia a los principios de continuidad del servicio y autosuficiencia financiera, se\u00f1alando que la conveniencia de la obra se encontrar\u00eda reforzada por el compromiso manifestado por ENERSA de llevar adelante la iniciativa mediante la utilizaci\u00f3n de recursos propios;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, sobre este \u00faltimo aspecto, el Dr. Canavesio sostuvo que el financiamiento mediante recursos propios disminuir\u00eda los riesgos de paralizaci\u00f3n derivados de eventuales restricciones presupuestarias, fiscales o de la falta de partidas provenientes de fuentes externas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, desde la perspectiva de los usuarios, el Defensor destac\u00f3 la calidad que atribuye al servicio el\u00e9ctrico provincial y manifest\u00f3 que el diagn\u00f3stico expuesto durante la Audiencia, referido a la saturaci\u00f3n y a las limitaciones del actual sistema de abastecimiento, justificaba la b\u00fasqueda de una soluci\u00f3n que permitiera preservar la continuidad y calidad del servicio frente al crecimiento de la demanda;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor hizo especial referencia a las caracter\u00edsticas productivas, econ\u00f3micas y sociales de la ciudad de Federaci\u00f3n y su zona de influencia, mencionando la actividad tur\u00edstica, los aserraderos, la forestaci\u00f3n, la producci\u00f3n frut\u00edcola, av\u00edcola y ap\u00edcola, as\u00ed como la necesidad de favorecer el crecimiento del parque industrial y la radicaci\u00f3n de nuevas inversiones; considerando que tales circunstancias requieren acompa\u00f1ar dicho desarrollo mediante una mayor disponibilidad del servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, luego de expedirse favorablemente respecto de los aspectos jur\u00eddicos y de la necesidad y conveniencia de la obra, el Dr. Canavesio formul\u00f3 una serie de recomendaciones cuya incorporaci\u00f3n solicit\u00f3 fuera considerada al momento del dictado del acto administrativo que resuelva sobre el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en primer t\u00e9rmino, el Defensor del Usuario recomend\u00f3 que, dado que ENERSA manifest\u00f3 que la obra ser\u00e1 financiada mediante recursos propios, este Ente supervise el tratamiento tarifario de las inversiones y costos asociados, a fin de evitar, seg\u00fan expres\u00f3, distorsiones injustificadas sobre los usuarios de menores ingresos y las peque\u00f1as y medianas empresas, as\u00ed como el traslado al usuario final de sobrecostos derivados de eventuales demoras en la ejecuci\u00f3n de la obra o ineficiencias operativas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en segundo t\u00e9rmino, propuso exigir a ENERSA la implementaci\u00f3n de un protocolo de transici\u00f3n operativa y contingencia durante la etapa constructiva, mediante la presentaci\u00f3n de un plan de contingencias que procure garantizar que los trabajos de interconexi\u00f3n vinculados con la nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n no ocasionen interrupciones no programadas del suministro que afecten las actividades tur\u00edsticas, comerciales, industriales o domiciliarias de Federaci\u00f3n y Chajar\u00ed;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, asimismo, recomend\u00f3 sujetar la ejecuci\u00f3n de la obra al estricto cumplimiento de las condiciones ambientales aplicables y, particularmente, de los requerimientos establecidos en el Anexo I de la Resoluci\u00f3n N\u00b0 1.762\/25 de la Secretar\u00eda de Ambiente, haciendo referencia a la obtenci\u00f3n de los permisos municipales, las autorizaciones vinculadas con el cruce de la Ruta Nacional N\u00b0 14 y las correspondientes a la interferencia con el gasoducto de Transportadora de Gas del Norte, entre otras;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, como otro de los aspectos se\u00f1alados, el Defensor del Usuario manifest\u00f3 que la construcci\u00f3n de la L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n deber\u00eda traducirse en una mejora de la calidad del producto y del servicio suministrado, particularmente en los niveles de tensi\u00f3n, su estabilidad dentro de las tolerancias reglamentarias y los indicadores de frecuencia y duraci\u00f3n de interrupciones correspondientes a la ciudad de Federaci\u00f3n y sus zonas rurales aleda\u00f1as;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Dr. Canavesio expres\u00f3 que tales recomendaciones deb\u00edan encontrarse sujetas al control de este Ente, a fin de procurar que la ejecuci\u00f3n y posterior operaci\u00f3n de la obra no produzcan afectaciones indebidas a los usuarios;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en materia ambiental, recomend\u00f3 asimismo la adopci\u00f3n de medidas de mitigaci\u00f3n durante la ejecuci\u00f3n de la obra y el tendido de la l\u00ednea, planteando espec\u00edficamente que el despeje y mantenimiento de la traza se realicen mediante procedimientos mec\u00e1nicos o selectivos y evitando, seg\u00fan propuso, la utilizaci\u00f3n de herbicidas qu\u00edmicos no selectivos, con el objeto de preservar los cursos de aguas superficiales y los ecosistemas circundantes;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor formul\u00f3 adem\u00e1s recomendaciones vinculadas con la mitigaci\u00f3n paisaj\u00edstica y la seguridad perimetral de la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n, proponiendo la implementaci\u00f3n de medidas de parquizaci\u00f3n y barreras forestales que contemplen asimismo la posible expansi\u00f3n urbana y futuros loteos pr\u00f3ximos al predio;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, respecto de los campos el\u00e9ctricos y magn\u00e9ticos, el Defensor del Usuario recomend\u00f3 que ENERSA efect\u00fae las correspondientes mediciones con car\u00e1cter previo a la energizaci\u00f3n de la l\u00ednea y peri\u00f3dicamente durante su etapa operativa, solicitando que sus resultados sean presentados ante este Ente y puestos a disposici\u00f3n de la comunidad;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo recomend\u00f3 ejercer una adecuada fiscalizaci\u00f3n respecto de los contratistas intervinientes y verificar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Anexo I de la Resoluci\u00f3n N\u00b0 1.762\/25 de la Secretar\u00eda de Ambiente durante la ejecuci\u00f3n de las obras;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, finalmente, el Dr. Canavesio manifest\u00f3 que, a su criterio, la obra proyectada por ENERSA y financiada mediante recursos propios permitir\u00e1 resolver el d\u00e9ficit de abastecimiento energ\u00e9tico existente en el Departamento Federaci\u00f3n y contribuir al desarrollo productivo, tur\u00edstico, econ\u00f3mico e industrial de la regi\u00f3n; pronunci\u00e1ndose favorablemente respecto del otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica solicitado, condicionado a que en el acto administrativo final se contemplen las medidas de mitigaci\u00f3n ambiental, monitoreo de campos electromagn\u00e9ticos, calidad del servicio y contingencia propuestas durante su intervenci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que seguidamente el Sr. Interventor cedi\u00f3 la palabra al Ing. Electricista Marcelo Marc\u00f3, quien manifest\u00f3 haber sido designado por este Ente como Defensor del Usuario en representaci\u00f3n del Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Entre R\u00edos, a efectos de intervenir desde la perspectiva t\u00e9cnica en la Audiencia P\u00fablica convocada para considerar el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica solicitado por ENERSA para la construcci\u00f3n de la nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n de 132 kV entre la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed y la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Marc\u00f3 record\u00f3 que la Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n hab\u00eda sido objeto oportunamente de una Audiencia P\u00fablica y contaba con el correspondiente Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica, se\u00f1alando que su construcci\u00f3n no se hab\u00eda concretado ante la falta de la alimentaci\u00f3n necesaria para su funcionamiento;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Defensor del Usuario dej\u00f3 expresamente establecido que su actuaci\u00f3n profesional en la Audiencia era independiente y que no manten\u00eda compromiso alguno con las partes interesadas en la construcci\u00f3n de la obra, explicando que su intervenci\u00f3n consist\u00eda en ponerse a disposici\u00f3n de los usuarios, municipios, industrias y dem\u00e1s personas eventualmente alcanzadas por las instalaciones proyectadas, a fin de evacuar consultas y advertir, desde su experiencia profesional, cualquier anomal\u00eda que pudiera surgir de la documentaci\u00f3n analizada, particularmente en materia de seguridad p\u00fablica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al expedirse sobre la necesidad de la obra, el Ing. Marc\u00f3 consider\u00f3 que los argumentos t\u00e9cnicos contenidos en el proyecto y los correspondientes an\u00e1lisis de las demandas presentes y futuras de energ\u00eda de la zona justifican plenamente la ejecuci\u00f3n de la L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n proyectada entre la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed y la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en tal sentido, sostuvo que la mejora de las instalaciones permitir\u00e1 mejorar las condiciones de prestaci\u00f3n para los usuarios, al posibilitar disponer de energ\u00eda suficiente en los niveles de tensi\u00f3n correspondientes, coincidiendo asimismo con lo expresado previamente por ENERSA en cuanto a que los beneficios de la obra no se limitar\u00e1n a la ciudad de Federaci\u00f3n sino que alcanzar\u00e1n a la regi\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor manifest\u00f3 que, de acuerdo con lo informado por ENERSA, las instalaciones proyectadas permitir\u00e1n disponer de energ\u00eda suficiente y de buena calidad aun durante los per\u00edodos de mayor demanda, considerando dicho aspecto como uno de los principales beneficios para los usuarios y se\u00f1alando que la nueva infraestructura permitir\u00e1 no s\u00f3lo atender la demanda existente sino tambi\u00e9n acompa\u00f1ar el desarrollo futuro de la zona;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo indic\u00f3 que los estudios realizados por la Distribuidora contemplaron las principales actividades productivas de la regi\u00f3n, entre ellas los aserraderos, la forestaci\u00f3n, la producci\u00f3n frutihort\u00edcola, la apicultura y el turismo, as\u00ed como una proyecci\u00f3n de la evoluci\u00f3n de la demanda; considerando que dicho crecimiento s\u00f3lo podr\u00e1 ser adecuadamente atendido mediante la concreci\u00f3n de la obra bajo tratamiento y de la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Marc\u00f3 manifest\u00f3 que, luego de estudiar y analizar la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica puesta a su disposici\u00f3n, el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y de efectuar una visita a los terrenos destinados al emplazamiento de la futura obra, se encontraba en condiciones de emitir una opini\u00f3n favorable respecto del otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica objeto de la Audiencia, sin perjuicio de formular posteriormente determinadas observaciones y recomendaciones;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, profundizando su an\u00e1lisis t\u00e9cnico, el Defensor del Usuario sostuvo que las necesidades invocadas por la Distribuidora para justificar la construcci\u00f3n de la obra poseen fundamento t\u00e9cnico v\u00e1lido, que los criterios t\u00e9cnicos adoptados resultan adecuados y de utilizaci\u00f3n habitual y que las instalaciones previstas responden a tipolog\u00edas constructivas conocidas y similares a otras existentes en distintos lugares de la Provincia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor destac\u00f3 particularmente esta \u00faltima circunstancia, se\u00f1alando que las instalaciones proyectadas no incorporan, desde el punto de vista t\u00e9cnico, soluciones experimentales o carentes de antecedentes de utilizaci\u00f3n, sino tecnolog\u00edas e instalaciones ya conocidas y empleadas en el sistema el\u00e9ctrico;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en materia de seguridad, el Ing. Marc\u00f3 expres\u00f3 que las distancias el\u00e9ctricas y los tipos constructivos previstos se encuentran determinados por la normativa de la Asociaci\u00f3n Electrot\u00e9cnica Argentina, considerando que las configuraciones y alturas expuestas por ENERSA respetan las condiciones reglamentarias correspondientes;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, sin perjuicio de ello, el Defensor destac\u00f3 la especial importancia que revisten las distancias de seguridad durante toda la vida \u00fatil de las instalaciones, se\u00f1alando que el desarrollo urbano, productivo y de las actividades realizadas en las inmediaciones de las l\u00edneas puede generar con posterioridad situaciones que comprometan tales distancias, aun cuando al momento de construirse la obra las mismas se encuentren debidamente observadas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, sobre la base de su experiencia profesional, el expositor recomend\u00f3 que ENERSA informe y comunique a los propietarios, vecinos y dem\u00e1s usuarios alcanzados por la traza las medidas de seguridad que deber\u00e1n observar, particularmente respecto del traslado y utilizaci\u00f3n de maquinarias y equipos en las proximidades de la L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que al respecto explic\u00f3 que las zonas rurales atravesadas por la obra estar\u00e1n alcanzadas por las correspondientes servidumbres, con las restricciones de uso que de ellas se derivan, se\u00f1alando especialmente los riesgos que pueden generarse por la circulaci\u00f3n de maquinaria agr\u00edcola, tolvas y otros equipos debajo o en proximidad de las l\u00edneas, raz\u00f3n por la cual consider\u00f3 conveniente mantener una comunicaci\u00f3n frecuente y eficaz entre la Distribuidora y los usuarios afectados;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al referirse a los antecedentes ambientales y territoriales del proyecto, el Ing. Marc\u00f3 se\u00f1al\u00f3 que de la documentaci\u00f3n exhibida surg\u00eda la intervenci\u00f3n de los Municipios de Chajar\u00ed y Federaci\u00f3n, quienes hab\u00edan manifestado su conformidad respecto de la construcci\u00f3n de la l\u00ednea, con las observaciones y aclaraciones formuladas en cada caso;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que respecto del Estudio de Impacto Ambiental, el expositor indic\u00f3 que ENERSA hab\u00eda presentado dicho instrumento ante la Secretar\u00eda de Ambiente y que tanto en aquel estudio como en el correspondiente Plan de Gesti\u00f3n Ambiental se identifican los impactos negativos potenciales de la obra y las medidas de mitigaci\u00f3n previstas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Defensor del Usuario destac\u00f3 que, conforme la conclusi\u00f3n contenida en el Estudio de Impacto Ambiental que tuvo a la vista, el proyecto evaluado constituye un importante aporte positivo al desarrollo humano y social de la regi\u00f3n de influencia y no presenta impactos ambientales negativos que puedan poner en riesgo su sostenibilidad ecol\u00f3gica y social, aclarando expresamente que dicha afirmaci\u00f3n reproduc\u00eda la conclusi\u00f3n del propio estudio ambiental;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al analizar el Plan de Gesti\u00f3n Ambiental, el Ing. Marc\u00f3 consider\u00f3 que uno de los aspectos centrales no reside \u00fanicamente en la previsi\u00f3n documental de las medidas de mitigaci\u00f3n y compromisos asumidos, sino en su efectivo cumplimiento y posterior fiscalizaci\u00f3n durante la construcci\u00f3n y operaci\u00f3n de las instalaciones; destacando la necesidad de evitar que el Estudio de Impacto Ambiental se limite a una exigencia formal sin efectiva aplicaci\u00f3n sobre la obra;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en cuanto a los campos el\u00e9ctricos y magn\u00e9ticos, el Defensor recomend\u00f3 efectuar mediciones antes y despu\u00e9s de la puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones, a efectos de verificar las condiciones existentes y las que resulten luego de su energizaci\u00f3n, as\u00ed como comprobar el cumplimiento de los par\u00e1metros establecidos en la normativa aplicable;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Marc\u00f3 consider\u00f3 especialmente relevante que los resultados de tales mediciones y la informaci\u00f3n vinculada con las condiciones de seguridad sean adecuadamente comunicados a los ciudadanos alcanzados por las instalaciones, se\u00f1alando que corresponde al propietario de las mismas \u2014en el caso, ENERSA\u2014 brindar la informaci\u00f3n e instrucci\u00f3n necesaria a las personas potencialmente afectadas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en ese orden, expres\u00f3 que la adecuada informaci\u00f3n respecto de los campos el\u00e9ctricos y magn\u00e9ticos constituye una herramienta para despejar incertidumbres de la comunidad sobre las nuevas instalaciones, destacando que la medici\u00f3n objetiva permite conocer las condiciones efectivamente existentes y verificar su adecuaci\u00f3n a los par\u00e1metros correspondientes;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Defensor del Usuario recomend\u00f3 asimismo que, tanto durante la etapa de construcci\u00f3n como una vez puesta la obra en servicio, se verifique el efectivo cumplimiento de todas las recomendaciones contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental y de las medidas de seguridad previstas, reiterando la necesidad de que los compromisos asumidos en dicho instrumento tengan efectiva aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, finalmente, el Ing. Marc\u00f3 recomend\u00f3 que los proyectos definitivos sean visados por los Colegios Profesionales correspondientes y que se observe la normativa vigente en materia de ejercicio profesional, debiendo los profesionales intervinientes encontrarse debidamente matriculados y habilitados y contar con incumbencias acordes con la naturaleza y envergadura de las tareas a su cargo; se\u00f1alando que dichas exigencias constituyen, a su criterio, una garant\u00eda para la sociedad respecto de la idoneidad profesional de quienes intervengan en el proyecto y ejecuci\u00f3n de la obra;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, como conclusi\u00f3n de su intervenci\u00f3n, el Ing. Marcelo Marc\u00f3 manifest\u00f3 no encontrar objeci\u00f3n ni argumentaci\u00f3n t\u00e9cnica alguna que impida que, cumpli\u00e9ndose las prescripciones del proyecto, se otorgue a ENERSA el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica solicitado;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que finalizada la exposici\u00f3n del Ing. Marc\u00f3, el Sr. Interventor concedi\u00f3 la palabra al Dr. Marcelo Spinelli, Presidente del Consejo de Administraci\u00f3n de la Cooperativa El\u00e9ctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda., acompa\u00f1ado por el Vicepresidente de dicha entidad, Cr. Santana, y por el Ing. Gustavo Flaquer, Director de Operaciones de la Cooperativa;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Dr. Spinelli se\u00f1al\u00f3 inicialmente que la obra objeto de la Audiencia no produce un impacto directo sobre el \u00e1rea de concesi\u00f3n de la Cooperativa de Concordia, pero consider\u00f3 que, por integrar \u00e9sta el sistema el\u00e9ctrico provincial, correspond\u00eda expresar su posici\u00f3n respecto de una iniciativa que estim\u00f3 relevante para el presente y futuro de la ciudad de Federaci\u00f3n y de la regi\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor sostuvo que la disponibilidad de infraestructura energ\u00e9tica constituye una condici\u00f3n indispensable para el desarrollo de las comunidades, destacando que la posibilidad de radicaci\u00f3n de nuevas actividades productivas e inversiones requiere contar previamente con capacidad suficiente para atender los incrementos futuros de demanda;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en ese sentido, manifest\u00f3 que la intervenci\u00f3n de la Cooperativa no ten\u00eda por objeto formular objeciones al proyecto sino expresar su apoyo a ENERSA y, en general, a las inversiones destinadas a sostener, ampliar y mejorar la infraestructura del sistema el\u00e9ctrico provincial;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Dr. Spinelli destac\u00f3 asimismo que, a su criterio, el sistema el\u00e9ctrico de la Provincia presenta elevados niveles de confiabilidad, se\u00f1alando que aun durante los per\u00edodos de m\u00e1xima demanda estival ha logrado atender los requerimientos del servicio, y que las interrupciones que se verifican responden principalmente a contingencias o accidentes y no a insuficiencia general de capacidad por demanda;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor compar\u00f3 dicha situaci\u00f3n con la que, seg\u00fan manifest\u00f3, se verifica en otras regiones del pa\u00eds durante per\u00edodos de alta demanda, valorando particularmente la capacidad de respuesta existente en Entre R\u00edos y la posibilidad de restablecer el suministro en lapsos relativamente reducidos frente a contingencias;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en ese marco, consider\u00f3 que la obra proyectada se inscribe en una pol\u00edtica de profundizaci\u00f3n de las inversiones destinadas a sostener y fortalecer el sistema el\u00e9ctrico, generando condiciones para atender futuras demandas asociadas a nuevas inversiones productivas y mayores requerimientos de potencia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor destac\u00f3 asimismo la relevancia de las cooperativas el\u00e9ctricas dentro del sistema de distribuci\u00f3n provincial, se\u00f1alando que representan aproximadamente el treinta por ciento de dicha actividad y que muchas de ellas prestan servicio en \u00e1reas rurales o semirrurales, donde la dispersi\u00f3n geogr\u00e1fica de los usuarios impone elevados costos operativos y especiales exigencias de infraestructura;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que agreg\u00f3 que, de las dieciocho cooperativas el\u00e9ctricas existentes, diecis\u00e9is adquieren energ\u00eda a ENERSA, mientras que las Cooperativas de Gualeguaych\u00fa y Concordia act\u00faan como agentes del mercado y efect\u00faan sus adquisiciones directamente a CAMMESA o a generadores, mencionando en particular que la Cooperativa de Concordia hab\u00eda celebrado contratos de compra directa de energ\u00eda en el marco de la normativa vigente aplicable a dicho esquema;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Dr. Spinelli valor\u00f3 especialmente la realizaci\u00f3n de la Audiencia P\u00fablica, considerando importante que las cuestiones vinculadas con este tipo de obras sean sometidas a conocimiento y participaci\u00f3n de la comunidad y que los usuarios cuenten con intervenci\u00f3n y asistencia de organizaciones profesionales id\u00f3neas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, finalmente, en representaci\u00f3n de la Cooperativa El\u00e9ctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda., solicit\u00f3 que este Ente se expida favorablemente respecto del otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica, destacando la importancia de que la tramitaci\u00f3n permita avanzar con celeridad hacia el proceso de licitaci\u00f3n y posterior construcci\u00f3n de la obra;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que seguidamente tom\u00f3 la palabra el Ing. Gustavo Flaquer, Director de Operaciones de la Cooperativa El\u00e9ctrica y Otros Servicios de Concordia Ltda., quien manifest\u00f3 que la entidad celebraba y apoyaba la soluci\u00f3n t\u00e9cnica propuesta por ENERSA para el abastecimiento de la ciudad de Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Flaquer consider\u00f3 que la iniciativa tendr\u00e1 un impacto de alcance regional y valor\u00f3 favorablemente la ejecuci\u00f3n de acciones destinadas a fortalecer la infraestructura de transporte de energ\u00eda en la zona;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, desde su perspectiva t\u00e9cnica, destac\u00f3 la importancia de continuar incorporando obras de infraestructura que permitan atender adecuadamente los requerimientos de los usuarios y mantener la continuidad del suministro frente a situaciones normales y eventuales contingencias;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, a modo de ejemplo, hizo referencia a un evento clim\u00e1tico ocurrido recientemente en la ciudad de Concordia, durante el cual se produjeron fallas simult\u00e1neas en las tres alternativas de abastecimiento del sistema de distribuci\u00f3n local, se\u00f1alando que este tipo de situaciones demuestra la necesidad de contemplar escenarios de contingencia y riesgos que, aun cuando resulten poco frecuentes, pueden efectivamente producirse;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en funci\u00f3n de ello, el Ing. Flaquer reiter\u00f3 el apoyo de la Cooperativa a la construcci\u00f3n de la nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n y de la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n, y recomend\u00f3 a este Ente expedirse favorablemente respecto del otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica solicitado;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, continuando con el desarrollo de la Audiencia P\u00fablica, el Sr. Interventor dio la palabra al Ing. Lucas Vicent\u00edn, quien manifest\u00f3 intervenir en representaci\u00f3n de la Federaci\u00f3n de Sindicatos de Luz y Fuerza y del Sindicato de Luz y Fuerza de Entre R\u00edos, expresando desde el inicio el apoyo de dichas entidades al proyecto y solicitando a este Ente el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica requerido por ENERSA;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Vicent\u00edn destac\u00f3 la participaci\u00f3n de los trabajadores del sector el\u00e9ctrico en la atenci\u00f3n de las contingencias que afectan al servicio y, desde dicha perspectiva, manifest\u00f3 el acompa\u00f1amiento de las organizaciones que representa a las obras de infraestructura destinadas a incrementar la oferta energ\u00e9tica y favorecer el desarrollo de la regi\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en particular, el expositor consider\u00f3 que la construcci\u00f3n de la nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n y su vinculaci\u00f3n con la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n permitir\u00e1 incrementar la capacidad disponible para las actividades productivas de la zona, destacando especialmente la industria maderera, la citricultura y el turismo;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo se\u00f1al\u00f3 que, de acuerdo con lo expuesto previamente por los representantes t\u00e9cnicos de ENERSA, las redes actualmente utilizadas para el abastecimiento se encuentran saturadas y que la ejecuci\u00f3n de la obra permitir\u00e1 aliviar la demanda actualmente atendida desde la Estaci\u00f3n Transformadora Chajar\u00ed e incrementar la capacidad disponible en Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el representante sindical record\u00f3 la participaci\u00f3n del sector en una anterior Audiencia P\u00fablica vinculada con la conveniencia y necesidad de infraestructura el\u00e9ctrica para la zona, indicando que modificaciones posteriores del proyecto determinaron la realizaci\u00f3n de la presente instancia, y reiter\u00f3 el compromiso de las entidades representadas con el desarrollo del sistema el\u00e9ctrico provincial;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que seguidamente el Sr. Interventor cedi\u00f3 la palabra al Sr. Jos\u00e9 Luis Flur\u00edn, en representaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n de Citricultores, quien manifest\u00f3 considerar al proyecto necesario y productivo para la ciudad de Federaci\u00f3n, destacando particularmente el inter\u00e9s del sector en que el fortalecimiento de la infraestructura el\u00e9ctrica alcance asimismo a las zonas rurales;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Sr. Flur\u00edn se\u00f1al\u00f3 que las redes actualmente disponibles resultan, en determinadas circunstancias, insuficientes para atender las necesidades del sector, considerando que una mayor disponibilidad de energ\u00eda podr\u00eda generar mejores condiciones para la radicaci\u00f3n de nuevas inversiones y el desarrollo de las actividades productivas;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que posteriormente tom\u00f3 la palabra un representante de la Asociaci\u00f3n Ciudadana de Federaci\u00f3n por la Reducci\u00f3n de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, quien manifest\u00f3 el apoyo de dicha entidad a la pronta concreci\u00f3n de la obra y solicit\u00f3 a este Ente la mayor celeridad posible en la tramitaci\u00f3n correspondiente;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el referido expositor se\u00f1al\u00f3 que, a criterio de la entidad que representa, la ciudad de Federaci\u00f3n requiere desde hace varios a\u00f1os la ejecuci\u00f3n de la infraestructura proyectada, solicitando asimismo que la realizaci\u00f3n de la obra por parte de ENERSA no produzca un impacto en el costo de la energ\u00eda el\u00e9ctrica soportado por los usuarios;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, pr\u00f3ximo a finalizar la Audiencia P\u00fablica, el Sr. Interventor dio la palabra al Secretario de Energ\u00eda de la Provincia de Entre R\u00edos, Ing. Jorge Tarchini, quien manifest\u00f3 intervenir en representaci\u00f3n del Poder Concedente y expres\u00f3 su valoraci\u00f3n favorable respecto de una obra que calific\u00f3 como largamente esperada y necesaria para el desarrollo regional de la ciudad de Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Secretario de Energ\u00eda destac\u00f3 las caracter\u00edsticas productivas, tur\u00edsticas y de desarrollo urbano de la ciudad y se\u00f1al\u00f3 que la necesidad de contar con una nueva infraestructura de transformaci\u00f3n y abastecimiento energ\u00e9tico se hab\u00eda visto postergada durante m\u00e1s de diez a\u00f1os por distintas circunstancias;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, remiti\u00e9ndose a la exposici\u00f3n t\u00e9cnica realizada previamente por el Ing. Marcoaldi, el Ing. Tarchini indic\u00f3 que actualmente Federaci\u00f3n presenta una demanda cercana a los 20 MW y que la futura Estaci\u00f3n Transformadora ser\u00e1 proyectada con una capacidad de 80 MW, considerando que dicha diferencia permitir\u00e1 atender ampliamente el crecimiento futuro de la demanda de potencia y energ\u00eda de la ciudad y su zona de influencia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor manifest\u00f3 que, seg\u00fan la experiencia observada en la Provincia, el consumo de potencia y energ\u00eda tiende a duplicarse aproximadamente cada veinte a\u00f1os, raz\u00f3n por la cual consider\u00f3 que la capacidad proyectada permitir\u00e1 disponer de condiciones suficientes para acompa\u00f1ar el desarrollo de Federaci\u00f3n durante un per\u00edodo prolongado;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo se\u00f1al\u00f3 que, durante el tiempo transcurrido desde la formulaci\u00f3n de los primeros proyectos para la zona, ENERSA incorpor\u00f3 mejoras tecnol\u00f3gicas en el dise\u00f1o de sus estaciones transformadoras, destacando que la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n ser\u00e1 concebida con tecnolog\u00eda digital similar a la prevista para las nuevas instalaciones de Viale y Oro Verde;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el Ing. Tarchini expres\u00f3 que dicha evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica permitir\u00e1 contar con una estaci\u00f3n transformadora m\u00e1s compacta, confiable y digitalizada, en l\u00ednea \u2014seg\u00fan manifest\u00f3\u2014 con la evoluci\u00f3n actual de los sistemas de distribuci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, al concluir su intervenci\u00f3n, el Secretario de Energ\u00eda destac\u00f3 que tanto la L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n objeto de la presente Audiencia como la futura Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n ser\u00e1n ejecutadas con recursos \u00edntegramente provinciales y estar\u00e1n emplazadas dentro de la jurisdicci\u00f3n de la Provincia de Entre R\u00edos, circunstancia que identific\u00f3 como uno de los objetivos perseguidos mediante la reformulaci\u00f3n del proyecto;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, en funci\u00f3n de lo expuesto, el Ing. Tarchini manifest\u00f3 el inter\u00e9s del Poder Concedente en que se viabilice el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica correspondiente a la obra bajo tratamiento, a fin de posibilitar la continuidad del procedimiento tendiente a su concreci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, a continuaci\u00f3n, el Sr. Interventor cedi\u00f3 la palabra el Sr. Sergio Corso, en representaci\u00f3n de los industriales madereros y del Instituto de la Madera, quien manifest\u00f3 el apoyo del sector a la ejecuci\u00f3n de la obra, a la que calific\u00f3 como largamente esperada para el parque industrial de Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el expositor consider\u00f3 que la concreci\u00f3n del proyecto permitir\u00e1 mejorar la calidad del servicio el\u00e9ctrico actualmente recibido y generar condiciones favorables para la instalaci\u00f3n de nuevas industrias y el consecuente crecimiento del parque industrial y de la ciudad de Federaci\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que asimismo destac\u00f3 la necesidad de contar con una mayor disponibilidad de energ\u00eda, particularmente durante los per\u00edodos de verano, en los que concurren las demandas propias de la actividad industrial y del sector tur\u00edstico, expresando en consecuencia el pleno apoyo del sector que representa a la pronta ejecuci\u00f3n de la obra;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, no habi\u00e9ndose registrado nuevas intervenciones, el Interventor del EPRE agradeci\u00f3 la participaci\u00f3n de los presentes y las exposiciones realizadas durante la Audiencia P\u00fablica, d\u00e1ndose por concluida dicha instancia a las 11:55 horas; <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que teniendo en cuenta las sugerencias expresadas en la Audiencia y que el Estudio de Impacto Ambiental ha sido verificado y resuelto con el Otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que, de acuerdo a los antecedentes, obran las correspondientes autorizaciones emitidas por las autoridades competentes;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que de acuerdo a lo estipulado en la Resoluci\u00f3n N\u00ba 214\/97 EPRE, evaluando la solicitud tomando como criterio el valor presente del total de costos de inversi\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento del sistema el\u00e9ctrico con las modificaciones que se deriven de la construcci\u00f3n solicitada, resulta inferior al valor presente del costo total de operaci\u00f3n y mantenimiento de dicho sistema sin tales modificaciones incluyendo dentro de los costos de operaci\u00f3n mencionados precedentemente, el valor de la energ\u00eda no suministrada;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que por todo lo detallado, se han cumplido los pasos y condiciones para otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica de la obra en cuesti\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que el proyecto definitivo de la obra propuesta deber\u00e1 cumplir en un todo con las Reglamentaciones de la Asociaci\u00f3n Electrot\u00e9cnica Argentina y normas vigentes en el orden Nacional, Provincial y Municipal;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la gesti\u00f3n por afectaci\u00f3n a Servidumbre Administrativa de Electroducto de las propiedades involucradas, deber\u00e1 realizarse para toda la obra seg\u00fan lo estipulado en Leyes N\u00ba 5926, 8916 y la Resoluci\u00f3n N\u00ba 173\/12 EPRE;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la ENERSA debe aportar previo al inicio de las obras, el cronograma de ejecuci\u00f3n e inversiones, discriminando tareas, tiempo de ejecuci\u00f3n y orden prioritario de las etapas que se habilitaran al servicio el\u00e9ctrico y al finalizar las obras, presentar planimetr\u00eda general de acuerdo a obra;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que la ENERSA deber\u00e1 cumplir y efectuar el seguimiento de lo estipulado en el Plan de Gesti\u00f3n Ambiental y lo que establezca la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia de Entre R\u00edos en la materia;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que en el proyecto definitivo y durante la ejecuci\u00f3n de la obra, se observe el cumplimiento de las medidas de seguridad previstas en normativas vigentes y se acuerde con los \u00f3rganos municipales competentes, a fin de encuadrar su construcci\u00f3n dentro de los c\u00f3digos espec\u00edficos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que deber\u00e1 ser presentado por parte de ENERSA el correspondiente certificado de PCB no detectado en los transformadores que se instalen en la obra en cuesti\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que deber\u00e1n realizarse y presentarse por parte de ENERSA, las mediciones de campos electromagn\u00e9ticos, tanto en forma previa a la ejecuci\u00f3n de las obras como cuando se encuentren en servicio las instalaciones, y en cada modificaci\u00f3n de configuraci\u00f3n que se efect\u00fae;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que es conveniente informar en forma fehaciente e instruir a los vecinos con propiedades lindantes a la obra, respecto de los riesgos de tareas en proximidad de instalaciones con tensi\u00f3n;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que se han producido los correspondientes informes legales y t\u00e9cnicos;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que por lo tanto corresponde otorgar a favor de la Empresa Energ\u00eda de Entre R\u00edos Sociedad An\u00f3nima -ENERSA- el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica para la construcci\u00f3n de la Nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n Chajar\u00ed\u2013Federaci\u00f3n 132 kV, destinada a alimentar la Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n 132\/33\/13,2 kV;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Que por Decreto N\u00ba 1127\/96 MEOSP se dispuso la intervenci\u00f3n de este Ente, atribuy\u00e9ndose al Interventor las facultades del Directorio, y que de conformidad al Decreto N\u00b0 1252\/25 GOB, se encomienda al Director Jur\u00eddico del Ente Provincial Regulador de la Energ\u00eda (EPRE), Dr. Marcos Rodr\u00edguez Allende, el ejercicio de las facultades y atribuciones del Directorio de dicho Organismo, con car\u00e1cter transitorio, por lo que en uso de las funciones establecidas en los Art\u00edculos 48\u00ba y 56\u00ba de la Ley N\u00ba 8.916;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div align=\"center\">\n<p><b>EL INTERVENTOR DEL EPRE<\/b><\/p>\n<p><b>RESUELVE:<\/b><\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 1\u00ba:<\/b> Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad P\u00fablica gestionado por la ENERSA para la construcci\u00f3n de la Nueva L\u00ednea de Alta Tensi\u00f3n Chajar\u00ed\u2013Federaci\u00f3n 132 kV, destinada a alimentar la Estaci\u00f3n Transformadora Federaci\u00f3n 132\/33\/13,2 kV, bajo las condiciones de los Art\u00edculos 2\u00ba al 10\u00ba.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 2\u00ba:<\/b> Disponer que el proyecto definitivo de la obra deber\u00e1 cumplir en un todo con las Reglamentaciones de la Asociaci\u00f3n Electrot\u00e9cnica Argentina y normas vigentes en el orden Nacional, Provincial y Municipal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 3\u00ba:<\/b> Establecer que la gesti\u00f3n por afectaci\u00f3n a Servidumbre Administrativa de Electroducto de las propiedades involucradas, deber\u00e1 realizarse para toda la obra seg\u00fan lo estipulado en Leyes N\u00ba 5.926, 8.916 y Resoluci\u00f3n EPRE N\u00ba 173\/12.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 4\u00ba:<\/b> Determinar que la ENERSA debe aportar previo al inicio de las obras, el cronograma de ejecuci\u00f3n e inversiones, discriminando tareas, tiempo de ejecuci\u00f3n y orden prioritario de las etapas que se habilitaran al servicio el\u00e9ctrico y al finalizar las obras, presentar planimetr\u00eda general de acuerdo a obra.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 5\u00ba:<\/b> Disponer que la ENERSA deber\u00e1 cumplir y efectuar el seguimiento de lo estipulado en el Plan de Gesti\u00f3n Ambiental y lo que establezca la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia de Entre R\u00edos en la materia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 6\u00ba:<\/b> Notificar a la ENERSA que, en el proyecto definitivo y durante la ejecuci\u00f3n de la obra, se observe el cumplimiento de las medidas de seguridad previstas en normativas vigentes y se acuerde con los \u00f3rganos municipales competentes, a fin de encuadrar su construcci\u00f3n dentro de los c\u00f3digos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 7\u00ba:<\/b> Determinar que la ENERSA presente el correspondiente certificado de PCB no detectado en los transformadores que se instalen en la obra en cuesti\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 8\u00ba:<\/b> Establecer la realizaci\u00f3n y presentaci\u00f3n por parte de ENERSA, de las mediciones de campos electromagn\u00e9ticos en al menos tres puntos en la traza de la l\u00ednea 132kV Chajar\u00ed-Federaci\u00f3n a elecci\u00f3n del EPRE, tanto en forma previa a la ejecuci\u00f3n de la obra como cuando se encuentren en servicio las instalaciones, y en cada modificaci\u00f3n de configuraci\u00f3n que se efect\u00fae.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 9\u00ba:<\/b> Disponer que la ENERSA deber\u00e1 coordinar con Vialidad y prestadores de servicios que compartan el espacio donde transcurre el electroducto a efectos de analizar las situaciones que se presenten.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 10\u00ba:<\/b> Establecer que la ENERSA deber\u00e1 informar en forma fehaciente e instruir a los vecinos con propiedades lindantes a la obra, respecto de los riesgos de tareas en proximidad de instalaciones con tensi\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 11\u00ba:<\/b> Registrar, notificar a ENERSA, al Ministerio de Planeamiento e Infraestructura, al Ministerio de Econom\u00eda y Servicios P\u00fablicos, a la Secretar\u00eda de Energ\u00eda, a la Secretar\u00eda de Ambiente, a los Municipios de Federaci\u00f3n y Chajar\u00ed, a quienes fueron parte en la Audiencia P\u00fablica, publicar en el Bolet\u00edn Oficial, en la P\u00e1gina Web del EPRE y archivar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>RESOLUCI\u00d3N EPRE 150\/26<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5646,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,8],"tags":[],"class_list":["post-8863","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-resoluciones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8863","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8863"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8863\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8864,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8863\/revisions\/8864"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5646"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8863"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8863"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8863"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}