{"id":4740,"date":"2021-11-15T17:19:57","date_gmt":"2021-11-15T17:19:57","guid":{"rendered":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/?p=4740"},"modified":"2021-11-15T17:19:58","modified_gmt":"2021-11-15T17:19:58","slug":"brindan-un-plan-de-facilidades-de-pagos-para-cancelar-deudas-de-facturas-electricas-generadas-en-pandemia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/brindan-un-plan-de-facilidades-de-pagos-para-cancelar-deudas-de-facturas-electricas-generadas-en-pandemia\/","title":{"rendered":"Brindan un Plan de Facilidades de Pagos para cancelar deudas de facturas el\u00e9ctricas generadas en pandemia"},"content":{"rendered":"\n<p>En el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia, el decreto \u00a0N\u00b0 506\/20\u00a0 establec\u00eda la suspensi\u00f3n de cortes de servicios domiciliarios por redes.<\/p>\n\n\n\n<p>Con la r\u00fabrica del Decreto 3460, el gobernador Gustavo Bordet aprob\u00f3 el Plan de Facilidades de Pagos para cancelar deudas generadas en el plazo de vigencia de las medidas previstas por el decreto N\u00b0 506\/20 y su respectiva pr\u00f3rroga.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta medida apunta a evitar la acumulaci\u00f3n de deuda por parte de los usos que ameritan esta especial protecci\u00f3n y que se tome muy gravosa la regularizaci\u00f3n de su situaci\u00f3n con las empresas distribuidoras de energ\u00eda el\u00e9ctrica.<\/p>\n\n\n\n<p>Paralelamente, faculta al Ministerio de Producci\u00f3n para que en el marco de sus competencias dicte y arbitre las medidas conducentes a efectos que los \u00f3rganos t\u00e9cnicos competentes procedan con el dictado de las normas reglamentarias, aclaratorias y\/o complementarias, de car\u00e1cter transitorio para la efectiva implementaci\u00f3n de lo dispuesto en el decreto N\u00b0 506\/20 MP y sus pr\u00f3rrogas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Plan de Facilidades de Pagos aprobado comprende Ios periodos facturados y pendientes de pago cuyos vencimientos hayan operado entre el 1 de marzo de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020. Este plazo ser\u00e1 extendido excepcionalmente por Resoluci\u00f3n deI Ministro de Producci\u00f3n a aquellos usuarios cuya actividad hubiera continuado resentida de forma significativa por la emergencia sanitaria, con posterioridad al 31 de diciembre de 2020 y hasta el 30 de junio de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, se establece que para la continuidad y vigencia del Plan de Facilidades de Pagos ser\u00e1 condici\u00f3n necesaria para los usuarios mantener aI d\u00eda el pago de las facturas corrientes que se vayan emitiendo.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se dispone que aquellos usuarios de las categor\u00edas Residenciales y No Residenciales que no estuvieron incluidos en el Art\u00edculo N\u00b0 2 de la resoluci\u00f3n ministerial N\u00b0213 MP de 2020, pero que fueron comprendidos por el beneficio de suspensi\u00f3n de cortes en la prestaci\u00f3n de servicios, tambi\u00e9n podr\u00e1n solicitar la adhesi\u00f3n al Plan de Facilidades de Pagos.<\/p>\n\n\n\n<p>Antecedentes<\/p>\n\n\n\n<p>Esta decisi\u00f3n del Ejecutivo provincial surge de la oportuna adhesi\u00f3n de la provincia al Decreto de Necesidad y Urgencia 311 por el cual se suspend\u00edan los cortes de suministro de servicios p\u00fablicos o esenciales a sectores residenciales y no residenciales afectados por la pandemia.<\/p>\n\n\n\n<p>La provincia adhiere a ese DNU por el decreto 506 y por el mismo se pone como autoridad de aplicaci\u00f3n al Ministerio de Producci\u00f3n en todo lo inherente a la suspensi\u00f3n del corte de servicios, fundamentalmente el\u00e9ctrico, ya que en Entre R\u00edos la distribuci\u00f3n es provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre otras competencias, ten\u00eda que generar las condiciones necesarias para brindar un plan de facilidades de regularizaci\u00f3n de la deuda acontecida en el marco de esa suspensi\u00f3n de corte de ese servicio.<\/p>\n\n\n\n<p>Este decreto que firma Bordet viene a cerrar ese circuito que se inici\u00f3 con la suspensi\u00f3n de los cortes y lo viene a completar generando el plan de facilidades de pago de los usuarios que se acogieron a ese beneficio con las distribuidoras de energ\u00eda existentes en la provincia, que son Enersa y las distintas cooperativas.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, la Norma ratifica que aquellos sectores residenciales y productivos afectados por la pandemia, acceden a un plan de facilidades de pago extendido en el plazo, ya que se puede abonar en hasta 60 cuotas, sino que, y adem\u00e1s, cuenta con una tasa de inter\u00e9s subsidiada que es de alrededor del 50 % de la tasa activa del Banco Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>O sea, que permite a los titulares un plazo accesible de 5 a\u00f1os para regularizar la situaci\u00f3n y mantengan el suministro sin ning\u00fan tipo de situaci\u00f3n punitiva o de exigencia desmedida del distribuidor y con una tasa sumamente conveniente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia, el decreto \u00a0N\u00b0 506\/20\u00a0 establec\u00eda la suspensi\u00f3n de cortes de servicios domiciliarios por redes. 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