{"id":4630,"date":"2021-04-12T16:12:03","date_gmt":"2021-04-12T16:12:03","guid":{"rendered":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/?p=4630"},"modified":"2021-04-12T16:12:05","modified_gmt":"2021-04-12T16:12:05","slug":"resolucion-no-74-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/resolucion-no-74-2021\/","title":{"rendered":"Resoluci\u00f3n N\u00ba 74 \/ 2021"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-right\"><strong>Paran\u00e1, 09 de abril de 2021<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>VISTO:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El DNU PEN N\u00b0 235\/2021 de fecha 08\/04\/2021, el Decreto Provincial GOB N\u00b0 606 de fecha 09\/04\/2021, los documentos COES y las Resoluciones EPRE dictadas con motivo de la emergencia sanitarias causada por el virus SARS-COV-2; y<\/p>\n\n\n\n<!--more-->\n\n\n\n<p><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que con fecha 11 de marzo de 2020 la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS) declar\u00f3 el brote del virus SARS-COV-2 como una pandemia;<\/p>\n\n\n\n<p>Que la velocidad en el agravamiento de la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica a escala internacional requiri\u00f3 la adopci\u00f3n de medidas de \u201caislamiento social, preventivo y obligatorio\u201d (ASPO) y, posteriormente, de \u201cdistanciamiento social, preventivo y obligatorio\u201d (DISPO) para el todo el territorio nacional;<\/p>\n\n\n\n<p>Que razones de salud p\u00fablica, originadas en la propagaci\u00f3n y evoluci\u00f3n a nivel mundial, regional y local de distintos casos de coronavirus (COVID-19) y de nuevas variantes consideradas de preocupaci\u00f3n, tornan imperioso y necesario que esta Intervenci\u00f3n contin\u00fae dictando los actos necesarios para acompa\u00f1ar las medidas dispuestas por los Gobiernos Nacional, Provincial y Municipales, con el fin de preservar la salud del personal del ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERG\u00cdA DE ENTRE R\u00cdOS, como as\u00ed tambi\u00e9n de aquellas personas que concurran al Organismo, en forma de contribuir, adem\u00e1s, con la contenci\u00f3n de la propagaci\u00f3n de la infecci\u00f3n por el virus SARS-COV-2 y sus variantes;<\/p>\n\n\n\n<p>Que dichas medidas de prevenci\u00f3n de COVID-19 se deben fortalecer y deben ser temporarias, intensivas y focalizadas, orientadas en este caso a las actividades y horarios que conlleven mayores riesgos para el personal (jerarquizado y no jerarquizado del EPRE) como as\u00ed tambi\u00e9n para los usuarios\/consumidores del servicio p\u00fablico econ\u00f3mico de distribuci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica que concurran al Organismo;<\/p>\n\n\n\n<p>Que por Decretos Provinciales N\u00ba 1.092 y N\u00ba 1.093\/20 GOB, se dispensa de la asistencia a sus lugares de trabajo al personal con prestaci\u00f3n de servicios en la Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial de la ciudad de Paran\u00e1 hasta tanto lo determine el titular del Poder Ejecutivo Provincial, con excepci\u00f3n del personal cr\u00edtico y\/o esencial conforme lo establezca la m\u00e1xima autoridad competente;<\/p>\n\n\n\n<p>Que, en este marco, se considera necesario, oportuno y conducente, la adopci\u00f3n de medidas urgentes y coordinadas (en el marco del Decreto N\u00ba 361\/20 MS por el cual se declar\u00f3 la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia) como consecuencia de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19;<\/p>\n\n\n\n<p>Que este acto administrativo, como todos aquellos que se han dictado y dicten en sinton\u00eda, tiene como objeto proteger la salud de los trabajadores del EPRE y de todos los usuarios del servicio p\u00fablico el\u00e9ctrico provincial que asisten al Organismo a diario a fin de contribuir, en definitiva, a preservar el orden p\u00fablico, la seguridad y la salud p\u00fablica;<\/p>\n\n\n\n<p>Que actualmente todo el pa\u00eds se desarrolla bajo el r\u00e9gimen correspondiente al Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio;<\/p>\n\n\n\n<p>Que la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica informada por los Organismos competentes, indican un incremento sostenido de casos, que impone adoptar medidas preventivas urgentes;<\/p>\n\n\n\n<p>Que el Interventor del EPRE est\u00e1 facultado para el dictado de la presente resoluci\u00f3n en virtud de lo dispuesto por el art. 56, inc. d) de la Ley 8916;<\/p>\n\n\n\n<p>Que por Decreto N\u00ba 1127\/96 MEOSP se dispuso la intervenci\u00f3n de este Ente, atribuy\u00e9ndose al Interventor las facultades del Directorio, y que de conformidad al Decreto N\u00b0 168\/19 MPIS se ha designado Interventor del Organismo al Dr. Jos\u00e9 Carlos Halle, por lo que en uso de las funciones establecidas en los Art\u00edculos 48\u00ba y 56\u00ba de la Ley N\u00ba 8.916;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL INTERVENTOR DEL EPRE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>R E S U E L V E:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 1\u00ba:<\/strong> Establecer la prestaci\u00f3n de servicios mediante la modalidad de \u201cteletrabajo\u201d para las y los agentes del EPRE, desde la fecha del presente y hasta que la Intervenci\u00f3n disponga lo contrario, debiendo todo el personal prestar la mayor colaboraci\u00f3n y disposici\u00f3n, debiendo estar disponible y conectado durante el horario de prestaci\u00f3n de servicio habitual.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2\u00ba:<\/strong> En todos los casos en los que en forma excepcional se establezca la modalidad de trabajo presencial de personas, equipos o sectores, la Direcci\u00f3n del EPRE que lo ejecute de esa forma deber\u00e1 contar y cumplir con un protocolo de actuaci\u00f3n que garantice las condiciones de salubridad para el personal en el marco de las medidas sanitarias vigentes y las que en el futuro se dicten. El m\u00e1ximo de personal (jerarquizado y\/o no jerarquizado), autorizado bajo esta modalidad excepcional de trabajo presencial, no podr\u00e1 superar la cantidad de una (1) por oficina.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 3\u00ba:<\/strong> Queda prohibido en todos los \u00e1mbitos de trabajo, la reuni\u00f3n de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos (2) metros entre los y las concurrentes, sin la ventilaci\u00f3n constante y adecuada de todos los ambientes y el uso de tapabocas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 4\u00ba:<\/strong>Manti\u00e9nese, por el plazo que establezca la Intervenci\u00f3n, la suspensi\u00f3n del deber de asistencia al lugar de trabajo, para las personas en situaci\u00f3n de mayor riesgo, de conformidad a las disposiciones emitidas por los documentos COES.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 5\u00ba:<\/strong>Registrar, comunicar en formato digital a todo el personal del EPRE, a las Distribuidoras, a la Secretaria Ministerial de Energ\u00eda de la Provincia, a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, publicar en la p\u00e1gina web del EPRE y, oportunamente, archivar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Paran\u00e1, 09 de abril de 2021 VISTO: El DNU PEN N\u00b0 235\/2021 de fecha 08\/04\/2021, el Decreto Provincial GOB N\u00b0 606 de fecha 09\/04\/2021, los documentos COES y las Resoluciones EPRE dictadas con motivo de la emergencia sanitarias causada por el virus SARS-COV-2; y<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4631,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[],"class_list":["post-4630","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-resoluciones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4630","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4630"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4630\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4632,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4630\/revisions\/4632"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4631"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4630"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4630"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/epre.gov.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4630"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}